La Audiencia archiva la causa contra un exviceconsejero acusado en la pieza 'política' de los ERE

  • El tribunal confirma el procesamiento de los exviceconsejeros Agustín Barberá, José Salgueiro y Jesús María Rodríguez
EUROPA PRESS

La Audiencia Provincial de Sevilla ha archivado la causa contra el exviceconsejero de Innovación de la Junta de Andalucía Gonzalo Suárez, que fue procesado en la pieza 'política' de los ERE junto a otros 25 exaltos cargos, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y para el que la Fiscalía Anticorrupción solicitaba diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación.

En un auto difundido por el TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima estima así el recurso del acusado contra la resolución en la que el juez Álvaro Martín le procesó al entender que "no consta que hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado" procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas.

Asimismo, el tribunal ha dictado otros tres autos en los que confirma el procesamiento de los exviceconsejeros Agustín Barberá, José Salgueiro y Jesús María Rodríguez, mientras que en otra resolución rechaza el recurso interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la decisión del magistrado de archivar la causa contra el exviconsejero José de Haro Bailón.

En el auto relativo a Gonzalo Suárez, que fue viceconsejero de Innovación y vicepresidente de la agencia IDEA del 8 de mayo de 2004 al 19 de marzo de 2005, la Audiencia recuerda que el primer hecho que le imputó el juez fue "haber informado en las reuniones de los viceconsejeros (a partir de ahora 'consejillos') de las modificaciones presupuestarias relativas al programa 31L".

"Aparte de que las modificaciones presupuestarias eran informadas por el viceconsejero de Empleo, es de destacar que durante el mandato" de Gonzalo Suárez "no se aprobó ni una sola modificación presupuestaria relativa a las transferencias de financiación de dicha Consejería, como se puede observar en el auto recurrido", argumenta el tribunal.

En segundo lugar, se imputa al recurrente el "conocimiento de los proyectos de decreto para la regularización del procedimiento de ayudas y subvenciones por su participación en los 'consejillos'", pero la Audiencia dice que, una vez examinadas todas las actas de los 'consejillos' en los que participó, "tan solo consta que se propusieron dos proyectos de decreto referentes a la Consejería de Empleo y de Innovación".

Estos proyectos de decreto "se referían a la modificación parcial de los trabajadores de ambas consejerías respectivamente", indica la Audiencia, que añade que el tercer hecho que se le atribuye es su participación en las reuniones del Consejo Rector de IFA/IDEA, del que era vicepresidente, en las que se aprobaron los pagos procedentes de la Dirección General de Trabajo "que eludía la normativa relativa a las subvenciones a empresas privadas con una absoluta y patente irregularidad en el procedimiento de concesión".

A juicio del tribunal, "es cierto" que Gonzalo Suárez en dicho Consejo "asumió las ayudas que concedía el director general de Trabajo en atención a su montante, así como que votó a favor de conceder" en los años 2004 y 2005 hasta cuatro ayudas por importe de entre 482.290 y 2,2 millones de euros, las cuales "se denominaban subvenciones, si bien se concedían extramuros de las leyes que las regulan".

Asimismo, "es cierto" que el 22 de julio de 2005 la Intervención General de la Junta informó de que la Consejería de Empleo e IFA/IDEA, "esta como mera pagadora", utilizaban las transferencias de financiación "del modo descrito", así como que el exviceconsejero fue miembro del Consejo Rector de IFA/IDEA.

SIN INDICIOS "SÓLIDOS"

"Ahora bien, no consta" que Gonzalo Suárez "hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado 'procedimiento especifico'", puesto que a la fecha de los hechos que se le imputan "aún no se había emitido" el informe de la Intervención General de la Junta de 25 de julio de 2005, "y no se ha practicado diligencia de prueba de la que se desprenda tal conocimiento".

De este modo, y "desde la perspectiva de que en la presente causa se dilucida la posible responsabilidad de cargos públicos que hayan podido intervenir en el denominado 'procedimiento específico', no se puede predicar que concurran indicios sólidos para entender que el apelante hubiera podido participar en la creación y mantenimiento del 'procedimiento especificó' por el que se implantó esa urdimbre jurídica", considera la Audiencia.

"Cuestión distinta es que puedan apreciarse otras responsabilidades penales en la concreta decisión de concesión de ayudas con fondos de la Junta a empresas inmersas en procesos de reestructuración empresarial mediante ERE así como otras ayudas directas a otras empresas que está siendo objeto de investigación en varias piezas de la causa matriz, para el caso de que en la investigación concreta a dichas empresas se desprenda responsabilidad penal atribuible al apelante", concluye.

Asimismo, y en otro auto, la Audiencia rechaza el recurso de Manos Limpias contra la decisión del juez Álvaro Martín de archivar la causa de los ERE contra el exviceconsejero de Hacienda José de Haro Bailón, al entender que "no se cuenta con indicios suficientes para imputarle en cuanto a la elaboración, seguimiento y control del presupuesto".

Además, "no se desprende que ni como secretario general de Hacienda ni como viceconsejero de Hacienda fuera componente de las reuniones de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos" ni "tampoco se ha aportado o señalado por el recurrente documento alguno del que se desprenda que en la mencionada Comisión se hubiera tratado la materia referente a las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo".

En este caso, vuelve a argumentar que "no se puede predicar que concurran indicios sólidos para entender que el apelante hubiera podido participar en la creación y mantenimiento del 'procedimiento especificó' por el que se implantó esa urdimbre jurídica".

De igual modo, la Audiencia ha dictado otros tres autos en los que confirma el procesamiento de los exviceconsejeros de Empleo, Agustín Barberá; de Innovación, Jesús María Rodríguez, y de Hacienda, José Salgueiro.

"ILEGALIDAD GROSERA"

En el caso de Barberá, argumenta que "los elementos del delito de prevaricación son patentes en relación" con su actuación durante la época en que ostentó la titularidad de la viceconsejería, mientras que, en cuanto al delito de malversación, Barberá, "en el seno del Consejo Rector de IDEA, aprobó durante seis años convenios de ayudas a empresas privadas, lo que permitía ese lucro ilícito de empresas privadas por la obtención de fondos públicos a través de las transferencias de financiación".

Sobre Jesús María Rodríguez, que también fue procesado por prevaricación y malversación, el tribunal asevera, en cuanto a este último delito, que el exviceconsejero, en el seno del Consejo Rector de IDEA, "aprobó durante seis años convenios de ayudas a empresas privadas, así como participó en la elaboración del anteproyecto de sus presupuestos con conocimiento de la ilegalidad grosera mencionada, lo que permitía ese lucro ilícito de empresas privadas por la obtención de fondos públicos a través de las transferencias de financiación".

Por último, y en cuanto a José Salgueiro, que fue procesado por prevaricación, la Audiencia afirma que "participó en los acuerdos del Consejo de Gobierno que aprobaban los proyectos de Ley de Presupuestos y ponían fin a la vía administrativa, que presentaban también connotaciones de arbitrariedad al contener un presupuesto de IFA-IDEA fraudulento y al hacer viable ante el Parlamento un uso ilícito de las transferencias".

Igualmente, "aprobó convenios por los que abonaba a empresas privadas en las reuniones del Consejo Rector de IDEA en los que participó".

Mostrar comentarios