CONDE-PUMPIDO CREE QUE BARBERÁ SÓLO DEBÍA DIMITIR CUANDO SE ABRIERA EL JUICIO ORAL

El magistrado del Tribunal Supremo Cándido Conde-Pumpido, instructor del proceso contra la fallecida senadora y exalcaldesa de Valencia Rita Barberá, considera que sólo la apertura de juicio oral, que indica que “hay algo solvente y serio” contra el imputado, debe implicar la suspensión de su actividad política, y que declarar para responder de una denuncia “no debería tener las graves consecuencias que algunos le quieren atribuir”.
Así lo manifestó en un desayuno informativo organizado por la revista ‘Vanity Fair’, en el que dijo que lamenta “de una manera extrema” la muerte de Barberá unos días después de tomarla declaración en el Supremo “con todo respeto” y, aseguró, salir ella “muy satisfecha”.
Añadió que no cree que el fallecimiento “esté vinculado al proceso ni al tratamiento que recibió en los medios”, sino a “una enfermedad que todo el mundo puede padecer”.
En todo caso, en relación al debate de en qué momento de un procedimiento judicial contra él debe un político abandonar su cargo, Conde-Pumpido apuntó que “la mera comparecencia ante un juez para responder de una denuncia no debería tener las graves consecuencias que algunos le quieren atribuir”.
En su opinión, el criterio que se ha de fijar es la apertura de juicio oral, que significa que “hay algo solvente y serio contra esa persona”, y que es de hecho cuando legalmente “se acuerda la suspensión de su actividad”.
Al magistrado le parece “importante” utilizar “esa pauta legal” como criterio general, porque “precipitarse cuando estamos en una fase muy inicial del procedimiento” y el imputado “legalmente es inocente”, y “adoptar una decisión muy contundente” en esa fase, “puede ser contraproducente”.

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