CATALUÑA. EL SUPREMO DA TRASLADO DEL RECURSO DE LA GENERALITAT, QUE NO PARALIZA LA INTERVENCIÓN DE SUS CUENTAS

El Tribunal Supremo ya ha dado traslado a la Abogacía del Estado del recurso presentado por la Generalitat en contra de la intervención de las cuentas autonómicas por el Ministerio de Hacienda. A partir de su recepción, los servicios jurídicos del Estado tienen diez días para presentar sus alegaciones y sólo después el tribunal decidirá sobre la suspensión. Por tanto, el control de las finanzas catalanas comenzará a aplicarse desde este martes.
La Generalitat de Cataluña presentó el lunes su recurso ante el Tribunal Supremo y en él pedía medidas cautelares contra la intervención de las cuentas autonómicas por el Ministerio de Hacienda, con la intención de que la orden del Ejecutivo central no entrara en vigor de forma inmediata.
Sin embargo, la tramitación de este recurso no implica la suspensión automática de su aplicación, tal y como indicó este martes por la mañana el vicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras. De hecho la petición de medidas cautelares obliga al tribunal a dar traslado a las partes para que presenten sus alegaciones. Este paso ya se ha dado y en el momento en que el Abogado del Estado reciba el recurso comenzará correr el plazo de diez días.
Según indicó Junqueras en rueda de prensa, los servicios jurídicos del Gobierno catalán consideran que el recurso paraliza la intervención y así lo defenderán ante los tribunales, lo que presumiblemente alargará la batalla hasta después de la fecha prevista de celebración del referéndum, el próximo 1 de octubre.
INTERVENCIÓN DE LAS CUENTAS
Este martes finaliza el plazo dado por el Ministerio de Hacienda para que la Generalitat de Cataluña adopte un acuerdo de no disponibilidad sobre su presupuesto y un plan de recortes de gastos para garantizar el cumplimiento del objetivo de déficit. Además, tendrá que remitir a Hacienda los listados con los datos de los funcionarios que cobran su sueldo del erario público para que se les pueda abonar por orden del departamento de Montoro.
Si ese acuerdo no se adopta, como es de prever, el Gobierno intervendrá la Hacienda catalana para garantizar que el Gabinete catalán no destine fondo alguno a los preparativos del referéndum del 1 de octubre.
La Generalitat podría haber optado por solicitar medidas cautelarísimas, en cuyo caso habría tenido que resolver sobre la suspensión en un plazo de 48 horas, sin necesidad de abrir plazo de alegaciones, pero al optar por las medidas cautelares, el Supremo está obligado a abrir una pieza de suspensión y a contar con el informe de la Abogacía del Estado.

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