En breve deben resolverse dos recursos, "que probablemente vayan en el mismo sentido y que afectan a 42 trabajadores más", explican desde el sindicato.
La sentencia alude específicamente a la actuación de la empresa en sentido contrario a lo establecido en su propio Plan Estratégico, ya que éste establecía que se debía garantizar la eficiencia de un cambio organizativo incorporando a trabajadores cualificados.
Sin embargo, Altadis incorporó a 62 trabajadores a través del contrato de relevo, asignándoles una categoría inferior, a pesar de realizar las mismas tareas y funciones.
Se establece con claridad en la sentencia que, desde el principio de la relación laboral, las funciones de los puestos ocupados por los trabajadores relevistas "rebasaban ampliamente" las correspondientes a la categoría que se les asignó. Una cuestión que fue avalada por los informes de la Inspección de Trabajo.
Se demuestra así que Altadis, en su Plan Estratégico de 2013, solo pretendía reducir costes salariales y no realizar un verdadero cambio organizativo que garantizara el futuro de la planta, como finalmente ha quedado demostrado.
La empresa tendrá que reconocer ahora los derechos de aquellos trabajadores que sigan en la empresa y pagar las diferencias salariales de un año atrás.
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