El CGPJ aprueba el reingreso de De Alfonso a la carrera judicial, que debe producirse antes de mañana

EUROPA PRESS

Fuentes jurídicas han explicado que los siete vocales que forman la Comisión Permanente han tenido en cuenta el artículo 355 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que el juez en excedencia debe incorporarse a su plaza en la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona dentro de los 20 días hábiles inmediatamente siguientes a su cese como director de la Oficina Antifraude de Cataluña.

Es decir, teniendo en cuenta que la cámara catalana le cesó el pasado 29 de junio tras conocerse el contenido de las conversaciones que mantuvo con el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en su despacho ministerial, el plazo de 20 días hábiles finaliza mañana viernes.

CGPJ NO TENÍA MARGEN PARA IMPEDIR EL REINGRESO

Aunque la actuación de De Alfonso se encuentra bajo investigación por estas conversaciones, fuentes del órgano del gobierno de los jueces ya señalaron a Europa Press que el CGPJ no tienía margen para impedir el reingreso de De Alfonso al servicio dada la legislación aplicable a su caso.

El pasado 14 de julio la Fiscalía del Tribunal Supremo encomendó a los departamentos provinciales de Madrid y Barcelona la apertura de diligencias informativas para aclarar si pudo cometer delitos de revelación de secretos y de malversación de caudales públicos en relación con lo ocurrido en el despacho de Fernández Díaz.

Según la LOPJ, sólo se puede suspender a un juez si las diligencias informativas de la Fiscalía llegan a un juez y éste dicte auto de prisión, de libertad bajo fianza o de procesamiento, lo que no ha ocurrido en este caso.

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