Condenada la UVA a readmitir o indemnizar a una de las trabajadoras despedidas del equipo de la prueba del talón

  • Se trata de la primera sentencia favorable de las siete demandas presentadas
EUROPA PRESS
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El Juzgado de lo Social nº 2 considera improcedente el despido de una de las trabajadoras del 'equipo de la prueba del talón' que venía prestando este servicio y condena a la Universidad de Valladolid a la readmisión de la afectada o el abono de la indemnización correspondiente.

Tras el fallo, relativo a la primera de las siete demandas presentadas contra UVA por los trabajadores, la entidad tenía la opción de readmitir a la demandante, M.V.A.S, con el abono de los salarios devengados desde la fecha de su despido, el 31 de enero de 2017, o bien de indemnizarla con el pago de 54.786 euros, medida esta última elegida, pese a lo cual ha decidido presentar recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

En síntesis, la sentencia entiende acreditado que la trabajadora demandante, durante la vigencia de la relación laboral con más de 25 años de antigüedad, no solamente ha realizado funciones en relación con el programa de cribado neonatal -prueba del talón- al que se encontraba vinculada su contratación, sino que también, como se ha confirmado, ha realizado tareas en relación con otros proyectos de investigación desarrollados en la Facultad de Medicina, en el IBGM, y también en la Fundación General de la UVA.

La asignación a la demandante de tareas ajenas al servicio objeto del contrato conduce a concluir que ha sido celebrado en fraude de ley, y, por tanto, conforme dispone el artículo 15 ET, debe presumirse el carácter indefinido de la relación laboral, sin que la finalización de la obra o servicio puede operar como causa válida de extinción del contrato.

En el caso presente, la colaboración a la que se encontraba vinculado el contrato de la actora ha finalizado por razones de índole económica, a instancia de la propia entidad empleadora, la Universidad de Valladolid, circunstancia que, en atención a doctrina jurisprudencial reiterada, no puede tampoco amparar la extinción válida del contrato de obra.

La demandante ha venido prestando servicios para la UVA desde el día 1 de julio de 1991, a tiempo completo, con categoría profesional Oficial de Administración (Grupo IVA). La relación laboral se rigió por el "Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la Universidades públicas de Castilla y León" para prestar servicios, como Oficial de Administración, en la Facultad de Medicina, centrados en "el desarrollo del programa de detección precoz de las Metabolopatías en el territorio de la Junta de Castilla y León".

Los Convenios de colaboración entre la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León y la Universidad de Valladolid vinculados al desarrollo del Programa de detección precoz de enfermedades congénitas se sucedieron y prorrogaron anualmente hasta 2008, pasando a partir del año 2009 a la concesión directa de una subvención por parte de la Junta de Castilla y León a la Universidad de Valladolid destinada a sufragar los costes del servicio, inicialmente realizado a través del Departamento de Pediatría de la Facultad de Medicina, y posteriormente a través del Instituto de Biología y Genética Molecular.

Sin embargo, el 14 de julio de 2016 el rector de la Universidad de Valladolid, Daniel Miguel, dirigió una comunicación al consejero de Sanidad anunciando la finalización de la colaboración con el programa de detección de enfermedades metabólicas en fecha 31 de octubre de 2016, coincidiendo con la finalización de la subvención anual, por exceder el coste de dicho programa, en el que habrían integrarse cuatro pruebas adicionales, de la cuantía de la subvención recibida para su desarrollo.

Las entidades codemandadas convinieron que la UVA continuara desarrollando el programa de cribado neonatal de enfermedades congénitas hasta 31 de enero de 2017, de forma que el mismo ha sido asumido por la Fundación de Hemoterapia y Hemodonación de Castilla y León, adscritaAdministración Autonómica.

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