La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge como hechos probados que a finales del 2012, A.A.V. tenía intención de casarse con la menor M.D.M., pese a no consentir dicho matrimonio ni la menor ni sus padres.
Sobre las 12.00 horas del 12 de octubre de 2012, A.A.V., junto con su madre, su padre, su hermana y el acusado, todos de nacionalidad búlgara, se trasladaron en automóvil propiedad del acusado hasta Tobarra (Albacete), donde residía la menor junto a sus padres.
Cuando los referidos llegaron al domicilio de la joven, se introdujeron en la vivienda, en la que la menor se encontraba acompañada de unos sobrinos menores que ella, y le dijeron que se tenía que ir con ellos.
La joven se negó y dijo que iba a llamar a la Policía, ante lo que el padre y la madre del joven que quería casarse con la menor la agarraron fuertemente por los brazos. Entonces la madre ordenó a los tres varones que fueran a por el coche para acercarlo a la puerta del domicilio.
Cuando regresaron, las dos mujeres llevaron hasta el coche a la menor, con la ayuda del supuesto pretendiente, que la cogió por el pelo. Entonces la introdujeron por la fuerza en el vehículo y se marcharon todos a bordo del mismo, que iba de nuevo conducido por el acusado.
Antes de salir de Tobarra, cuando la menor le dijo al acusado que iba a ir a la cárcel por lo que estaba haciendo, éste le dejó al supuesto pretendiente que se sentara en el lugar del conductor y llevara él el vehículo, hasta Bolaños de Calatrava (Ciudad Real).
Durante el trayecto, la hermana se percató de que la menor llevaba en un bolsillo un teléfono móvil, y se lo quitó, aunque ésta reaccionó recuperándolo. Por ello, cuando llegaron al destino, la menor pudo hablar con su teléfono móvil con su madre y con la Guardia Civil.
El relato de lo sucedido permitió que los agentes encontraran a la menor, sobre las 16.30 horas del día de los hechos, en una calle cerca del domicilio de los actuantes, en compañía la hermana y la madre del supuesto novio.
En fecha 8 de abril de 2015, siendo ya mayor de edad la víctima, compareció ante el Tribunal y renunció al ejercicio de las acciones penales y civiles derivadas de estos hechos.
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