Condenado el responsable de una gestoría por vender contratos de trabajo fraudulentos a extranjeros

EUROPA PRESS

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, considera a A.C.N., responsable de la gestoría del mismo nombre, autor de un delito de falsedad en documento oficial en concurso con un delito continuado de estafa agravada, y le impone, además de la pena privativa de libertad, una multa de diez meses y 16 días a razón de una cuota diaria de 20 euros.

Según recoge la resolución, recurrida en casación al Tribunal Supremo (TS), el acusado solicitó en el año 2010 a una ciudadana marroquí la cantidad de 1.200 euros, cuyo pago hizo ella efectivo, a cambio de entregarle documentación para solicitar residencia legal en España utilizando, sin que el afectado lo supiera, los datos de una empresa de maquinaría y frío industrial.

En este caso, la documentación, junto con la solicitud, se presentó con posterioridad en la Oficina de Extranjería de Almería, si bien fue finalmente desestimada.

Ese mismo año, según consta en el fallo, entregó a una ciudadana, también magrebí, un contrato de trabajo "ficticio" a cambio de 450 euros haciendo constar en este una contratación laboral "para la prestación de trabajos inexistentes" y en el que "simuló", además, en presencia del estafado, la firma del empresario citado anteriormente ya que puso su mercantil como contratante.

El tribunal considera que A.N.C. incurrió en la agravante relativa al abuso de las relaciones personales existentes entre víctima y defraudar, y en aprovechamiento de su credibilidad empresarial y profesional ya que regentaba una gestoría con una larga clientela, "presuponiéndosele una rectitud determinantes de la confianza que los perjudicados depositaron en él a fin de lograr la regularización de su situación en España".

Añade, en esta línea, que perpetró su actuación "aprovechando" que su gestoría llevaba los asuntos del empresario, todo lo referente a la contabilidad y los datos fiscales de la sociedad que usó, "y haciendo creer a las víctimas que podrían reunir con su gestión los requisitos" para el objetivo que ambos pretendían.

El fiscal imputaba al acusado, asimismo, haber dado de alta en 2010 de forma "ficticia" ante la administración "a una gran cantidad de personas extranjeras como empleados de las mismas", presentando para ello "numerosos contratos simulados de trabajo". En concreto, hacía mención a 20 contratos en un restaurante, cuatro en un centro de Fisioterapia, ocho en un bar, tres en una empresa de cortinas, otros tantos en una mercantil de productos de limpieza, cinco en una empresa de congelados de Albox, 14 en dos negocios de 'Todo a cien' de este último municipio y de Huércal-Overa y diez en un comercio de productos de dietética. También le acusaba de haber formulado contratos fraudulentos para una única persona en un bar, en una tienda de comestibles y en una peluquería.

El tribunal desestima todos ellos al no haber quedado acreditados en el acto de juicio al no "haber quedado probadas las identidades". En concreto, indica el fallo que no existe prueba "por la sencilla razón de que la identidad de los trabajadores extranjeros no ha quedado probada, no compareciendo como testigos, no figurando identidades específicas en los listados remitidos por la Oficina de Extranjería, faltando en definitiva el soporte probatorio apto para enervar la presunción de inocencia más allá de conjeturas o sospechas por sus actuaciones".

Sí estima que A.N.C. actuó bajo un "plan preconcebido" para obtener determinadas sumas de dinero de los extranjeros a los que defraudó y que generó "la apariencia de un negocio jurídico que dio cobertura a una supuesta labor de profesional de gestoría".

Por último, resalta que los perjudicados declararon en sede judicial que el acusado les había ofrecido dinero a cambio de retirar la denuncia, 1.500 euros a la ciudadana marroquí, que ella "rechazó de plano", y 450 euros la otra perjudicada, que reconoció haberlos aceptado para renunciar a las acciones civiles y penales que pudieran asistirle.

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