El Consejo catalán de Garantías Estatutarias avala que la ley de voto electrónico no vulnera la Constitución

  • El consejero Carles Jaume Fernández emite voto particular y considera el proyecto de ley contrario a la Carta Magna
El Consejo catalán de Garantías Estatutarias avala que la ley de voto electrónico no vulnera la Constitución
El Consejo catalán de Garantías Estatutarias avala que la ley de voto electrónico no vulnera la Constitución
EUROPA PRESS
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El Consejo catalán de Garantias Estatutarias (CGE) ha asegurado en un dictamen que el proyecto de ley del voto electrónico para los catalanes que viven en el extranjero no vulnera artículos de la Constitución ni el principio de seguridad jurídica que recoge la misma norma.

El dictamen del organismo consultivo de la Generalitat, recogido por Europa Press, señala que no vulnera los artículos referentes al desarrollo del derecho de sufragio (23), régimen electoral general (81.1) ni de la competencia sobre la regulación de las condiciones básicas necesarias para garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho de sufragio (149.1.1).

Sin embargo, ha recomendado realizar las pruebas y tests necesarios para garantizar el "correcto funcionamiento y fiabilidad del sistema", que serían útiles para mejorar y perfeccionar aspectos y contribuir a su conocimiento por parte de los ciudadanos.

ACUERDO PREVIO

En su dictamen, aprobado por siete votos a favor y uno en contra --con voto particular--, también señala que las previsiones del proyecto no se podrán llevar a cabo si previamente no se ha acordado con el Estado los convenios y protocolos referidos en su artículo 6 y las disposiciones adicionales segunda y tercera.

El CGE señala que esta necesidad está implícita en el contenido del proyecto de ley, pero que para asegurar una mejor comprensión del funcionamiento del sistema y evitar dudas de los electores, recomienda incluir una disposición que "determine con claridad" esta circunstancia.

En su voto particular, el consejero Carles Jaume Fernández considera que el proyecto de ley es contrario a la Constitución y a las normas de su desarrollo en materia electoral.

En el dictamen, el CGE concluye que el proyecto de ley mantiene las exigencias y los requisitos establecidos para el artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) para el voto de los ciudadanos residentes en el extranjero en su modelo de correspondencia.

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