Jurado declara culpable al acusado de los asesinatos con alevosía de su mujer y su suegra en Abadiño (Vizcaya) en 2014

Jurado declara culpable al acusado de los asesinatos con alevosía de su mujer y su suegra en Abadiño (Vizcaya) en 2014
Jurado declara culpable al acusado de los asesinatos con alevosía de su mujer y su suegra en Abadiño (Vizcaya) en 2014
EUROPA PRESS
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El jurado del caso del doble crimen de Abadiño (Vizcaya) ha declarado, por unanimidad, al acusado, B.Q., culpable de asesinar, con las agravantes de alevosía y parentesco, a su mujer y su suegra, en diciembre de 2014. También le considera culpable de un delito de daños con incendio por el fuego causado en su empresa, que originó además daños en dos empresas colindantes.

El jurado, compuesto por seis hombres y tres mujeres, ha dado a conocer este jueves su veredicto, tras concluir las deliberaciones que inició este pasado martes, una vez terminada la vista oral que ha celebrado la Sección Segunda de la Audiencia vizcaína.

A lo largo del juicio, la Fiscalía, la Abogacía del Estado, la acusación particular en representación de la familia y la acción popular de la asociación Clara Campoamor defendieron que el acusado cometió dos delitos de asesinato con alevosía y agravante de parentesco y un delito de daños. Por su parte, la defensa sostuvo que se trataba de dos delitos de homicidio y planteó que el acusado actuó como consecuencia de un "arrebato" y, además, confesó los hechos.

Finalmente, el jurado ha determinado, en una decisión adoptada por unanimidad, que B.Q. es culpable de muerte de su esposa y también de su suegra, "siendo su acción delito de asesinato con alevosía y parentesco". Asimismo, le ha considerado culpable del hecho de prender fuego a su carpintería, "siendo su acción un delito de daños por incendio", según el veredicto leído por el portavoz del jurado. Finalmente, se ha mostrado no favorable a la petición de aplicación de suspensión e indulto de la sentencia.

La Fiscalía ha solicitado la imposición de una pena de 20 años de prisión por cada uno de los dos asesinatos, a los que suma otros tres por el delito de daños. Según ha indicado, está justificado "moverse en el entorno de la pena máxima" para las muertes de las dos mujeres, teniendo en cuenta que da una "alevosía sorpresiva" por elementos como el hecho de que las víctimas estuvieran "tumbadas" y "aturdidas" en el momento en que las mataron, una "alevosía convivencial" en el caso de su esposa, ya que "no existían previos conflictos de convivencia", y el "desvalimiento" en el caso de su suegra, una mujer de 88 años. Asimismo, ha incidido en que "se trata de un hecho premeditado" y, además, un hecho de violencia de género y doméstica.

En el caso del incendio, ha considerado, de igual modo, que la pena debería situarse "en el entorno de la pena máxima", teniendo en cuenta la premeditación, la cuantía de los daños ocasionados son "muy superiores" a los 400 euros a partir de los cuales se considera un delito de daños, y la existencia de una pluralidad de afectados.

En relación a la ejecución de la pena, la Fiscalía ha defendido que, en función de lo recogido en el artículo 36.2 del Código Penal, la sentencia recoja un pronunciamiento sobre que "la clasificación en tercer grado penitenciario, en relación a la pena que se imponga, quede diferida hasta la mitad de la pena", ante la "gravedad de los hechos y de la pena correspondiente a este delito".

La Abogacía del Estado, la acusación particular y la acción popular han coincidido con la Fiscalía en solicitud de estas penas de prisión, que suman 43 años. También las tres partes han solicitado la aplicación de artículo 78.1 del Código Penal, de modo que todos los beneficios penitenciarios sean aplicados sobre la suma total de las condenas y "no sobre el límite máximo del artículo 76", ha señalado el abogado del Estado.

Por otro lado, la Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan una indemnización de 120.000 euros para el hijo de una de las víctimas y del propio acusado, y de 20.000 euros para cada uno de los seis hermanos de una de las víctimas e hijos de la otra. La acusación que representa a la familia pide una indemnización de 150.000 euros para el hijo y de 25.000 euros para cada uno de los otros seis familiares.

Fiscalía y representantes de las empresas y aseguradoras de las empresas afectadas por el incendio piden, por otra parte, el abono por responsabilidad civil de distintas cantidades.

"EN GRADO MÍNIMO" Y CON BENEFICIOS PENITENCIARIOS

Por su parte, la defensa de B.Q. ha solicitado que las penas que se impongan por la muerte de las dos mujeres sean "en su grado mínimo" y que, en su cumplimiento, se apliquen "todos los beneficios inherentes" a lo establecido en el Código Penal. En relación al delito de daños, ha señalado que no está "justificado" pedir la pena máxima porque no hubo daños personales.

En relación a las indemnizaciones para los familiares, ha solicitado que la cuantía reclamada para el hijo debería ser reducida teniendo en cuenta que tiene "total independencia económica" y que, de hecho, "ha montado un negocio con otro socio, que marcha bien". Finalmente, en cuanto a las cuantías solicitadas por los daños en las empresas, ha considerado que es la compañía aseguradora de la carpintería la que debería "responder de forma directa".

Tras la lectura del veredicto y las exposiciones de los letrados de las distintas acusaciones y la defensa, el juicio ha quedado visto para sentencia.

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