La Justicia europea avala la cláusula de arbitraje del acuerdo de inversiones entre Eslovaquia y Países Bajos

  • El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Melchior Wathelet ha dictaminado este martes que la cláusula de arbitraje incluida en el acuerdo entre Países Bajos y Eslovaquia para la protección de inversiones es compatible con la legislación europea puesto que no implica una discriminación basada en la nacionalidad.
EUROPA PRESS

El abogado general, cuyas conclusiones no son vinculantes de cara a la futura sentencia, se pronuncia de esta manera en contra de la postura que mantiene Eslovaquia, que apoyan, entre otros, de España y de la Comisión Europea.

Países Bajos y la antigua Checoslovaquia cerraron en 1991 un acuerdo de fomento y protección de inversiones. A raíz de la disolución del segundo país, Eslovaquia se subrogó en los derechos y obligaciones derivados del acuerdo.

En 2008, la empresa holandesa Achmea inició un procedimiento de arbitraje contra Eslovaquia por estimar que la decisión de dejar parcialmente sin efecto la liberalización del mercado de seguros sanitarios era contraria a este acuerdo de protección de inversiones. En 2012, el tribunal arbitral constató que Bratislava había vulnerado este tratado, por lo que obligó a Eslovaquia a pagar a Achmea 22,1 millones de euros por daños y perjuicios.

Eslovaquia interpuso entonces un recurso de anulación del laudo arbitral ante la Justicia alemana, alegando que la cláusula de arbitraje del acuerdo es contraria a los Tratados de la UE. España, República Checa, Estonia, Grecia, Italia, Chipre, Letonia, Hungría, Polonia, Rumanía y la Comisión Europea han presentado observaciones en apoyo de la postura de Eslovaquia.

Por contra, Francia, Países Bajos, Austria y Finlandia afirman que la cláusula de este acuerdo, y por tanto otras cláusulas similares de los otros 196 acuerdos de protección de inversiones entre los Estados miembros de la UE, son válidas.

En las conclusiones presentadas este martes, Wathelet señala que la cláusula controvertida "no supone una discriminación basada en la nacionalidad", prohibida por el Derecho de la Unión, por lo que no infringe la legislación comunitaria.

En concreto, explica que, aunque los inversores holandeses están facultados por la cláusula para acudir al tribunal arbitral, "la mayoría de los Estados miembros restantes disfrutan de una protección equivalente" sobre la base de los acuerdos de protección de inversiones que han firmado con Eslovaquia.

Además, subraya que los inversores procedentes de los países comunitario que no han concluido un acuerdo similar con Eslovaquia "tampoco sufren una discriminación en razón de nacionalidad como consecuencia de la cláusula controvertida".

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