La juez Núñez reclama al Gobierno que entregue una copia "íntegra" del ERE de Astilleros de Huelva

EUROPA PRESS

En una providencia fechada el día 15 de diciembre, a la que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla atiende de este modo la petición realizada a tal efecto por la Guardia Civil de Huelva.

Así, la instructora acuerda librar oficio a la Dirección General del ramo para que remita la copia del ERE analizado, de 26 de febrero de 2010, "en que se concede una ayuda estatal con cargo al Fondo de Reestructuración, para hacer frente a los costes contemplados en el apartado 3.3.2" relativo a "'Ayudas al Cierre' del marco aplicable a las ayudas estatales a la construcción naval, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2011".

En un oficio elevado al Juzgado, consultado por Europa Press, la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil de Huelva señala que se encuentra investigando las ayudas concedidas con erario público a Astilleros de Huelva, señalando que, en relación a dicha ayuda, la Benemérita "únicamente dispone" de las resoluciones de concesión emitidas por el director general de Industria, Turismo y Comercio el 26 de febrero y el 10 de diciembre de 2010.

A juicio de la Guardia Civil, "resulta de interés toda la documentación relacionada con la mencionada ayuda (desde su solicitud hasta el fin del expediente), así como otros documentos que pudiera considerar de interés".

Cabe recordar que, el pasado 3 de mayo, la Audiencia Provincial de Sevilla levantó la imputación formulada por la juez Mercedes Alaya contra el que fuera letrado jefe de la asesoría jurídica de la Consejería de Empleo, Antonio Lamela Cabrera, y el ex viceconsejero de Empleo Justo Mañas por una ayuda a Astilleros de Huelva en el marco del caso de los ERE irregulares.

ARCHIVOS

El abogado de la Junta fue imputado por Alaya en relación al informe realizado el 15 de septiembre de 2011 en el expediente de la subvención a Astilleros de Huelva, pero la Audiencia considera que "la decisión de la imputación" de este letrado "por el informe emitido resultó precipitada, pues no se deducían indicios suficientes de comisión de hechos de relevancia penal", y en concreto de delitos de prevaricación y malversación.

"No se encuentran datos en las actuaciones que permitan afirmar" que Lamela "recibiera indicación alguna para que emitiese su dictamen en un determinado sentido, ni puede entenderse que como letrado jefe de la asesoría jurídica de la Consejería de Empleo fuera un subordinado del viceconsejero", razona el tribunal, que añade que las asesorías jurídicas de la consejerías "son órganos jerárquica y funcionalmente dependientes del gabinete jurídico de la Junta, centro directivo que presta servicios de manera horizontal".

Respecto del contenido del informe, la Audiencia dice que "es necesario para su valoración conocer los concretos términos en que se solicitó el dictamen, porque resulta evidente que la forma en que lo fue resulta, por lo imperativo de su redacción y lo escasamente claro de su contenido, ambiguo a efectos de determinar la concreta petición que se efectuaba".

A su juicio, "los términos de la solicitud no dejan claro siquiera si lo que se está preguntando a los servicios jurídicos de la Consejería es si solo ha de informar acerca de la excepcionalidad de la subvención (dando por sentado que la ayuda tiene tal carácter) o si realmente se está preguntando acerca de si ha de tramitarse por otra vía, porque lo que no consta ni se sabe es si el letrado que contesta a la petición de informe estaba al tanto de los inconvenientes que puso la Intervención Delegada".

En este caso, "lo que resulta esencial es que se cuestiona la intervención en un procedimiento administrativo (del recurrente) en razón de un dictamen favorable a que se tramitase como subvención extraordinaria una ayuda concedida al margen de otra normativa que por la magistrada se estima debió serlo, pero normativa a la que también se le hacen reparos".

"TORTICERA"

"Al momento del dictado del auto recurrido, no se contaba con ningún dictamen que pudiera sustentar que la normativa de la subvención extraordinaria para la tramitación de tal ayuda era inadecuada, y que se aplicó un procedimiento manifiestamente contrario a Derecho, ni indicios tampoco de que el empleado se hubiera hecho de manera torticera, con omisión de trámites reglados, y sin debida supervisión", pone de manifiesto.

Y es que "se podrá discutir su corrección jurídica, pero ello nos podría adentrar en un ámbito distinto al penal, que es el que nos corresponde", afirma la Audiencia.

Seguidamente, analiza la imputación de Justo Mañas por esta ayuda y, en concreto, "por la supuesta indicación que hiciera al jefe de la asesoría jurídica de la Junta para que emitiese dictamen en un determinado sentido".

Así, la Audiencia le levantó dicha imputación "una vez que hemos descartado en estos momentos la existencia de indicios" de que el abogado de la Junta "emitiese el referido informe en virtud de ninguna indicación, sugerencia o imposición de quien ocupaba dentro de la Consejería de Empleo un cargo de relevancia política en cuanto viceconsejero".

"No cabe admitir que existan tampoco para el recurrente indicios de posible conducta ilícita sobre tal particular, con lo que su llamada al proceso por este hecho no debería haberse producido", argumentó la Audiencia.

Mostrar comentarios