PP-A, tras el fallo del TS sobre el canon de regadíos: La "mala gestión" de PSOE-A "volverá a costar dinero" a andaluces

  • La portavoz parlamentaria del PP-A, Carmen Crespo, se ha hecho eco este jueves de la decisión del Tribunal Supremo (TS) de desestimar el recurso de casación presentado por la Junta de Andalucía contra la sentencia que declaró nulo el canon de regulación de regadíos y la tarifa de utilización del agua en la campaña 2010, y al hilo ha lamentado que, "una vez más, la mala gestión que siempre pone en marcha el PSOE-A va a costar dinero a los andaluces".
PP-A, tras el fallo del TS sobre el canon de regadíos: La "mala gestión" de PSOE-A "volverá a costar dinero" a andaluces
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EUROPA PRESS
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En declaraciones a Europa Press, Crespo se ha expresado así porque, según ha señalado, como consecuencia de esta sentencia la Junta "tendrá que devolver más de 30 millones de euros que cobraron a los regantes pese a no tener competencias" para ello, y ese dinero "tendrá que salir del bolsillo de los andaluces", según advierte.

En esa línea, la portavoz de los 'populares' ha indicado que en su partido "preocupa" también la "inseguridad jurídica" que causan esos casos de "mala gestión" de los socialistas en el Gobierno de la Junta de Andalucía.

Además, ha criticado que para hacer frente a las consecuencias de esa "mala gestión" que "cuesta dinero a los andaluces", desde la Junta suelen optar por "subir los impuestos" a los ciudadanos, cuando en esta comunidad autónoma los tributos ya están entre los "más altos" en relación al conjunto de España.

"Continuamos viendo cómo la mala gestión de la Junta hace que tengamos que sacar dinero de los andaluces", porque "la única manera" que el Gobierno andaluz tiene de "tapar su mala gestión es subiendo los impuestos a los andaluces", ha insistido Crespo.

Cabe señalar que, en su sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el TS señala que el Tribunal Constitucional en marzo de 2011 declaró la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 51 de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que atribuía a la Comunidad las competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir. Esta sentencia fue previa a las liquidaciones que realizó la Agencia Andaluza del Agua del canon de regulación de regadíos y la tarifa del agua fue dictada en septiembre.

"En el supuesto que se enjuicia, la inconstitucionalidad y nulidad de los actos administrativos, de las liquidaciones de los cánones de regulación de regadíos y tarifas de utilización del agua, ejercicio 2010, es originaria y de raíz", ha subrayado, toda vez que "la inconstitucionalidad y nulidad radical del artículo 51 de la Ley 272007 estaba declarada con carácter previo al dictado de los actos administrativos de liquidación".

Así, el Alto Tribunal indica que la liquidación fue dictada por "órgano manifiestamente incompetente, lo que conllevaría igualmente la procedencia de la devolución de lo indebidamente ingresado". "La Agencia Andaluza del Agua no tenía competencias para el dictado de la liquidación", subraya.

También indica que la devolución de lo indebidamente ingresado "no supone un enriquecimiento injusto para el contribuyente, pues el tribuyo puede ser liquidado por la administración competente".

En cuanto a la seguridad jurídica, el TS advierte de que "el mantenimiento en el ordenamiento jurídico de un acto administrativo dictado contraviniendo flagrantemente una decisión del Tribunal Constitucional, como es la liquidación girada por la Administración autonómica del canon del ejercicio 2010, sí supondría una manifiesta vulneración del principio constitucional de seguridad jurídica".

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