EL BOE PUBLICA LOS ACUERDOS ENTRE EL GOBIERNO Y CATALUÑA SOBRE LAS LEYES DEL TERCER SECTOR Y VOLUNTARIADO

El Boletín Oficial del Estado (BOE) se hace eco este jueves de los textos de los acuerdos alcanzados entre el Gobierno y la Generalitat de Cataluña en virtud de los cuales se evitan los recursos de inconstitucionalidad planteados contra le Ley del Tercer Sector de Acción Social y contra la Ley del Voluntariado. Con los acuerdos se evita que se tenga que pronunciar el Tribunal Constitucional.
Ambos textos, consensuados en el seno de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comision Bilateral Generalitat-Estado en reuniones a finales de junio, reflejan que las partes han solventado las discrepancias competenciales que se habían manifestado desde la Generalitat tras la aprobación de las citadas leyes.
En concreto, en la Ley del Tercer Sector, se ha alcanzado un acuerdo sobre el fomento, apoyo, formación, promoción y difusión; y el programa de impulso de las entidades del Tercer Sector, cuyas actuaciones “deberán hacerse en colaboración con las Comunidades Autónomas con competencias en servicios sociales y asistencia social, y de acuerdo en todo caso con los criterios fijados por la juridisprudencia constitucional”.
También hay acuerdo en interpretar que “todas las obligaciones pendientes de pago con entidades del Tercer Sector de Acción Social, sin distinción alguna entre ellas por razón de su ámbito territorial o de actuación, ni del alcance territorial del programa realizado, sin perjuicio de los regímenes específicos que prevea la normativa autonómica en el ámbito de sus competencias”.
Los acuerdos referidos a la citada norma del Tercer Sector, también consensuan que la disposición transitoria única, sobre subvenciones de concesión directa para el sostenimiento económico-financiero de las estructuras centrales de las entidades, incluidos gastos corrientes, se limitaba al ejercicio presupuestario de 2015.
LEY DEL VOLUNTARIADO
En cuanto a la Ley del Voluntariado, los acuerdos muestran que “ambas partes coinciden en interpretar que en aquellas actuaciones de voluntariado que se desarrollen en el territorio de Catalunya, será asimismo de aplicación la legislación catalana sobre voluntariado”, que la integración de actuaciones de ambas administraciones debe resultar de la colaboración mutua y que la Administración General del Estado fija las líneas generales de las políticas públicas en los ámbitos en los que el Estado central tiene "competencias sectoriales específicas".
Los acuerdos también interpretan que las subvenciones para el fomento del voluntariado se circunscribe a los ámbitos sectoriales en los que corresponde actuar al Estado según lo legalmente establecido.
De esta forma, Gobierno y Generalitat comunican al Tribunal Constitucional que han resuelto sus discrepancias para que se detenga el proceso de las reclamaciones planteadas en los recursos interpuestos.

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