El Parlamento aprueba un reglamento sobre la promoción interna de sus funcionarios

EUROPA PRESS
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Este reglamento, al que ha tenido acceso Europa Press, cuenta con 29 artículos y varias disposiciones.

Según se explica, si bien el Estatuto del Personal de la Cámara regula algunos aspectos de la carrera administrativa, como la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo, lo hace de manera "incompleta, pues no norma el concurso de méritos ni la promoción interna en su totalidad".

Se añade que este reglamento "recoge las inquietudes del Consejo de Personal, incluyendo la petición unánime de la representación funcionarial, la modificación de los baremos que se han de tener en cuenta en la fase de concurso del sistema selectivo de promoción interna y en la provisión de puestos de trabajo mediante el sistema de concurso en el Parlamento".

En el articulado del reglamento se recoge que corresponde a la Mesa del Parlamento aprobar las bases de las convocatorias y resolver los procedimientos de promoción interna de los funcionarios.

Se señala que las pruebas de promoción interna, en las que deberán respetarse los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, se llevarán a cabo en convocatorias independientes de las de ingreso, en las que se establecerá necesariamente el baremo de méritos valorables en la fase de concurso. En el baremo se incluirán méritos como los de antigüedad, experiencia, formación y titulación económica, entre otros.

Según se indica, los funcionarios del Parlamento, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los declarados en situación de suspensión firme de funciones, que no podrán participar mientras dure la suspensión, podrán tomar parte en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo por concurso, siempre que reúnan los requisitos mínimos exigidos en la relación de puestos de trabajo y recogidos en la convocatoria a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Los funcionarios, según se indica, deberán contar con dos años de servicio activo en el Parlamento, con independencia de que los servicios hayan sido prestados en uno o más cuerpos, para poder participar por primera vez en concursos de provisión de puestos de trabajo, salvo en los supuestos de remoción por desempeño ineficaz, supresión del puesto de trabajo o en cualquier otro caso de adscripción provisional sin reserva del puesto.

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