El Pleno del TC decidirá el próximo lunes sobre la resolución de "desconexión"

  • El Ejecutivo ha emplazado al tribunal a "deducir testimonio de particulares" para exigir las responsabilidades penales que pudieran corresponder.

    El escrito de la Abogacía califica la resolución como "un acto de frontal desacato y manifiesto incumplimiento" a la Constitución.

El Pleno del TC decidirá el lunes sobre la resolución de "desconexión"
El Pleno del TC decidirá el lunes sobre la resolución de "desconexión"
E. P.

El Pleno del Tribunal Constitucional se reunirá el próximo lunes a partir de las doce y media de la mañana para decidir sobre la petición del Gobierno para que abra la vía penal tras la aprobación por parte del Parlamento de Cataluña de una resolución que da inicio al proceso de secesión.

El Ejecutivo, que centra buena parte de las responsabilidades en la presidenta de la Cámara, Carme Forcadell, ha emplazado al tribunal a "deducir testimonio de particulares" para exigir las responsabilidades penales que pudieran corresponder, lo que en la práctica supone que el tribunal remita a la Fiscalía el conjunto de actuaciones desarrolladas por Forcadell para que, "en su caso", se pueda proceder penalmente contra ella.

Por otra parte, el incidente de ejecución de sentencia interpuesto por la Abogacía del Estado también pide al Tribunal Constitucional que emplace a una serie de responsables públicos catalanes -entre ellos el presidente de la Generalitat Carles Puigdemont- que se abstengan de realizar cualquier actuación que pueda incumplir sus sentencias y avanzar en la resolución de "desconexión".

El Ejecutivo reclama que se les avise de que, en caso de desobedecer, podrían tener que hacer frente a multas entre los 3.000 y los 30.000 euros, la suspensión de sus funciones durante el tiempo necesario para garantizar la "observancia" de las resoluciones del Tribunal Constitucional o la apertura de posibles responsabilidades penales.

En concreto, quiere que se imponga a los responsables del Parlament la prohibición expresa de convocar a los órganos de la Cámara para debatir y votar ninguna iniciativa que "directa o indirectamente" pretenda dar cumplimiento a la resolución impugnada.

También que Puigdemont y sus consejeros no puedan tramitar propuestas legislativas, dictar normas de rango reglamentario o llevar a cabo cualquier iniciativa que pueda dar cumplimiento a esta resolución, advirtiéndoles de las responsabilidades en caso de incumplir, incluidas las penales.

El Gobierno ofrece al tribunal de garantías la posibilidad de limitarse a suspender de forma inmediata la resolución impugnada. No obstante, advierte de que la decisión del Parlamento catalán no puede saldarse, en este caso, "con una mera declaración de nulidad" del texto.

"En esta ocasión, las medidas a adoptar no pueden limitarse a una mera declaración de nulidad de la resolución impugnada", dice la Abogacía del Estado en su incidente de ejecución registrado este viernes ante el TC.

El escrito de la Abogacía califica la resolución como "un acto de frontal desacato y manifiesto incumplimiento" a la Constitución y avisa de que tanto el Parlamento catalán como la Generalitat constituyen "instancias llamadas a poner en marcha el proceso secesionista".

Los servicios jurídicos del Estado se hacen eco del artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) que, fruto de una reforma aprobada en octubre del pasado año, establecen los mecanismos que permiten al Tribunal velar por el cumplimiento de sus decisiones.

Recuerdan en diversas ocasiones que el Parlamento y el Gobierno de Cataluña han incumplido con su iniciativa la sentencia del tribunal de garantías que declaró, en septiembre de 2015, inconstitucional el inicio del proceso de secesión.

A pesar de ello --recuerda el escrito-- la Cámara catalana decidió crear la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente. Esta iniciativa desencadenó un primer incidente de ejecución del Gobierno que desembocó, la pasada semana, en una primera advertencia del TC a "los poderes" catalanes implicados de su deber de impedir cualquier iniciativa de impulso al proceso separatista."Claro y grosero" desconocimiento de los avisos del TC

"A pesar de estas claras advertencias y en incumplimiento frontal a la sentencia el Parlamento de Cataluña en sesión plenaria de 27 de julio de 2016 ha incluido en el orden del día y posteriormente ha aprobado las conclusiones de la Comisión", indica la Abogacía que califica la iniciativa como el reflejo de "un claro y grosero desconocimiento de los avisos dados por el TC.

El Ejecutivo incide en la actitud de la presidenta Carme Forcadell que "alegando que el Parlamento era soberano" permitió la votación, un acto parlamentario que significa "una manifestación acabada de la voluntad de la Cámara de apertura de un proceso político secesionista".

En opinión del Gobierno, el respaldo a las conclusiones de la Comisión no constituye una mera declaración política ya que prevé un conjunto de acciones concretas capaces de producir efectos jurídicos. El objetivo, la creación de un Foro Social Constituyente, apoyado tanto por el Parlamento como por la Generalitat, tras el que se llevará a cabo "una desconexión con el Estado español y la creación de una Asamblea Constituyente que elaborará una constitución de Cataluña como Estado independiente".Plan preciso para la secesión

La Abogacía asegura que los pasos dados en Cataluña suponen la puesta en marcha de un plan preciso para la secesión que "puede ser activado en cualquier momento" y en el que, además, "no se espera a que decida el pueblo catalán" porque se predetermina el objetivo, es decir, la independencia.

Esta "perturbación extremadamente grave del orden constitucional", llevada a cabo de forma unilateral, es en sí misma "un manifiesto desprecio" a la Constitución y la soberanía del pueblo español.

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