Puig gana el juicio contra Yodeyma por competencia desleal

  • La empresa de moda y fragancias Puig ha ganado el juicio contra Yodeyma Parfums por competencia desleal e infracción de marca después de que la Audiencia Provincial de Alicante haya desestimado íntegramente el recurso de apelación de Yodeyma, que distribuye y comercializa en peluquerías y a través de Internet fragancias que se presentan como imitación de los perfumes originales de Puig.
Puig gana el juicio contra Yodeyma por competencia desleal
Puig gana el juicio contra Yodeyma por competencia desleal
EUROPA PRESS
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En la sentencia, que tiene alcance en toda la UE, el juez ratifica la condena a Yodeyma a cesar en el uso de marcas de Puig en su actividad comercial por cualquier medio escrito u oral, incluido el buscador disponible en su sitio web, así como a indemnizar a la compañía, ha informado la firma catalana en un comunicado este lunes.

Hasta ahora, Yodeyma suministraba listados de equivalencias y ofrecía un buscador en su página web que tenía como criterio de búsqueda marcas de perfumes de Puig, como Carolina Herrera, Paco Rabanne, Nina Ricci y Jean Paul Gaultier.

La Audiencia Provincial de Alicante afirma que las marcas de Puig no son términos descriptivos de características olfativas, sino marcas de fantasía y que, por lo tanto, Yodeyma no puede ampararse para su uso en el derecho de información al consumidor.

Por ello, la sentencia dictamina que su uso por parte de Yodeyma es un hecho constitutivo de competencia desleal por publicidad ilícita y aprovechamiento de la reputación ajena debido a la explotación parasitaria de las marcas de Puig.

Así, queda confirmada en apelación la condena a Yodeyma a cesar y abstenerse en el futuro de llevar a cabo cualquier acto de comercialización, ofrecimiento, publicidad o promoción mediante el uso de las marcas de Puig, a retirar del tráfico económico y a destruir a su costa cualquier material publicitario o promocional que contengan dichas marcas y a suprimir del buscador en su sitio web el criterio de búsqueda basado en dichos signos.

Asimismo, deberá abstenerse de suministrar a los establecimientos minoristas o a cualquier tercero, cualquier tipo de material, díptico, listado o medio de identificación que contengan dichas marcas, abstenerse de explotar dichas marcas en su actividad comercial por cualquier medio, incluido el discurso comercial a sus clientes o potenciales clientes, así como a indemnizar a Puig.

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