EL TC SUSPENDE LA LEY VASCA DE VIVIENDA QUE PERMITÍA EXPROPIAR PISOS A LOS BANCOS

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Gobierno contra varios preceptos de la Ley de Vivienda del País Vasco que, entre otras cosas, permitía expropiar temporalmente pisos a los bancos.
El Tribunal acuerda dar traslado de la demanda al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno y Parlamento del País Vasco, que dispondrán de quince días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.
El Pleno acuerda también la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, decisión que es consecuencia automática de la invocación por parte del Gobierno en su recurso del artículo 161.2 de la Constitución. Dicho precepto establece lo siguiente: “El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas.
La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal resolverá en próximas fechas.
La norma del Gobierno vasco suspendida este viernes por decisión del TC contempla la expropiación temporal de pisos a los bancos entre otras medidas. Preveía también la aplicación de un canon a viviendas vacías y reconocía el derecho subjetivo a contar con un hogar, que será exigible en los tribunales. El Parlamento Vasco aprobó en junio de 2015 la Ley de Vivienda a iniciativa del PSE y con el apoyo de EH Bildu y UPyD. Fue rechazada por el PP y el PNV.

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