El Supremo desestima el incidente de nulidad de Reganosa contra la anulación de la autorización administrativa previa

El Supremo desestima el incidente de nulidad de Reganosa contra la anulación de la autorización administrativa previa
El Supremo desestima el incidente de nulidad de Reganosa contra la anulación de la autorización administrativa previa
EUROPA PRESS
EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha desestimado el incidente de nulidad de actuaciones promovido por Reganosa contra la anulación de la autorización administrativa previa para la instalación de la planta de recepción, almacenamiento y regasificación de Mugardos (A Coruña).

La sala de lo contencioso, en un auto de aclaración con fecha de 25 de mayo, establece que "el error advertido" por la representación de Reganosa, relativo a la fecha en que se modificó el plan general de Mugardos --previa a una sentencia recurrida-- "no resulta relevante".

La regasificadora promovió el incidente de nulidad de actuaciones y también la representación procesal de la Administración del Estado presentó escrito en el que solicita que se declare la nulidad de la sentencia y en su lugar se acuerde desestimar el recurso de casación interpuesto por la plataforma de vecinos O Cruceiro de Mehá.

La plataforma de vecinos, por su parte, formuló alegaciones con las que se opuso al incidente de nulidad "aduciendo que el error advertido es irrelevante".

En este sentido, los magistrados sostienen que "la sentencia recurrida no toma en consideración esa modificación del planteamiento urbanístico, ni la menciona siquiera, pues la sala de instancia únicamente alude a una anterior modificación del plan general".

Así las cosas, determina que el error "no resulta relevante, ni determinante del fallo, pues subsisten con plena validez las consideraciones que se exponen" en su auto.

"Se mantiene inalterada la ratio decidendi de nuestra sentencia y conserva plena virtualidad la consideración que en ella exponemos de que 'Tales hechos sobrevenidos habrán de ser tenidos en cuenta, sin duda, a la hora de resolver sobre una nueva solicitud que se presente, que habrá de ser examinada atendiendo a los datos concurrentes y al régimen jurídico existente en el momento de su presentación", apunta.

Por último, la sala entiende que no procede imponer las costas a la parte que ha promovido el incidente, ya que "ha permitido constatar la existencia en la sentencia del error que ahora" se ha "corregido".

ANULACIÓN

El pasado 4 de abril trascendió que el Tribunal Supremo estimó un recurso contencioso-administrativo interpuesto por la plataforma de vecinos O Cruceiro de Mehá y otras entidades, de forma que anula la resolución que otorgó a Reganosa la autorización administrativa previa para la instalación de su planta de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado en Mugardos.

Esta resolución era de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 2002, y fue confirmada en alzada por otra resolución del subsecretario de Economía en 2003.

Otra sentencia anuló el proyecto de ejecución de 2004 --la planta está en funcionamiento desde 2007-- porque en el momento de emitirse no se contaba con un instrumento de planificación urbanística adecuado.

Ya el 27 de mayo, el Gobierno en funciones acordó, "de manera excepcional", excluir del trámite de evaluación de impacto ambiental a los proyectos de autorización de la planta de regasificación de gas natural licuado (GNL) de Reganosa en Mugardos (A Coruña), con el fin de evitar su "paralización".

Mostrar comentarios