El TSJA absuelve al exconsejero Luciano Alonso de un delito de prevaricación

  • Aunque se trata de una conducta "irregular" desde el plano administrativo, no concurren los elementos del delito de prevaricación
El TSJA absuelve al exconsejero Luciano Alonso de un delito de prevaricación
El TSJA absuelve al exconsejero Luciano Alonso de un delito de prevaricación
EUROPA PRESS
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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto al ex consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta Luciano Alonso de un delito de prevaricación administrativa por el que la Fiscalía le pedía nueve años de inhabilitación para empleo o cargo público en relación a los nombramientos de Luis Guerrero Jiménez como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF) y de Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.

En la sentencia, fechada este mismo viernes y a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal Andaluz indica que, "aún conscientes de encontrarnos ante una conducta irregular, no amparada por la normativa y reprochable administrativamente, que afecta a la imagen y credibilidad" de la Administración, "resulta obligado dictar una sentencia absolutoria en el plano penal".

En este sentido, el TSJA pone de manifiesto en la sentencia, que es recurrible ante el Tribunal Supremo, que en este caso no se ha acreditado la concurrencia del elemento objetivo del delito, como es la "contradicción con el derecho o ilegalidad absolutamente inexplicable", mientras que tampoco se ha acreditado "fehacientemente" el elemento subjetivo, como es "actuar a sabiendas de una flagrante ilegalidad".

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