El TSXG alega que "una pluralidad de personas", no solo Feijóo y Rueda, recibieron regalos y lo liga a cortesía navideña

  • No ve aplicable el delito de cohecho mientras los regalos "sean de ínfimo valor o representen un comportamiento no sujeto a reprobación social"
EUROPA PRESS

El auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) que declara el archivo de las actuaciones por los regalos que el presidente de Monbus, Raúl López, envió al titular de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, y al vicepresidente gallego, Alfonso Rueda, alega que no solo ellos, sino "una pluralidad de personas", recibieron este tipo de presentes (botellas de vino) "no desacostumbrados" en fechas navideñas.

En respuesta a la exposición remitida por la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo, la Sala admite su competencia para pronunciarse sobre Feijóo y Rueda, ambos aforados, pero declara su falta de competencia sobre el exdiputado popular Alejandro Gómez, que ya no es parlamentario en esta legislatura. En el primer supuesto, declara el archivo de las actuaciones.

En la resolución, contra la que cabe recurso, el TSXG esgrime que la delimitación "entre lo punible o no" depende de la adecuación social o de los usos habituales y de cortesía y añade que el artículo 422 del Código Penal (que alude al cohecho) no debe aplicarse "mientras los regalos o dádivas sean de ínfimo valor o representen un comportamiento no sujeto a reprobación social".

"Sin que en ningún caso se comprometa la imparcialidad de las autoridades en el ejercicio de su cargo o función pública, tal y como estimamos que cabe predicar de los hechos descritos de la exposición razonada, no susceptibles de ser indiciariamente tenidos como delictivos", apostilla el alto tribunal.

De Lara en cambio apostaba por fijar como límite los 400 euros (que en los delitos patrimoniales marca la diferencia entre delitos leves y menos leves) para diferenciar entre un regalo de cortesía y un presente que podría estar ligado a un supuesto de cohecho pasivo.

En el caso de Feijóo, le situaba como destinatario de un lote de cuatro botellas de Vega Sicilia en 2010 por 670,24 euros; tres botellas del mismo vino en 2011 por 517,55 euros; otras tantas en 2012 por 539,85 euros; y otras tres botellas de Vega Sicilia en 2013 por 599,68 euros. Rueda habría recibido idénticos lotes en los mismos años, y ambos dirigentes otros paquetes "cuyo contenido y precio se ignora" en el caso de Feijóo en 2008 y 2009, y en el de Rueda en 2009, todos en diciembre.

OTRAS PERSONAS QUE NO SON AUTORIDADES

El TSXG subraya, por su parte y tras recalcar que "parcialmente en armonía" con el Ministerio Fiscal, que hay una serie de argumentos que así lo determinan, como que los regalos se enviaron "a una pluralidad de personas, algunas ajenas a la condición de autoridad o funcionario público".

Agrega que los regalos (botellas de Vega Sicilia en el caso del presidente gallego y de otros dirigentes) se clasificaban "de acuerdo con el mayor o menor rango del cargo del destinatario y no por ningún otro parámetro" como "el mayor o menor grado de compromiso inmediato en la toma de decisiones relativas al entramado empresarial de quien los llevó a cabo".

En consecuencia, según el tribunal, no se aprecia "un serio riesgo" de que el servidor público "pudiera haber quedado comprometido eventualmente por influencias ajenas al interés general".

"CARÁCTER CONSUMIBLE Y PERECEDERO"

La Sala también entiende que los regalos tuvieron lugar cuando aún no regía el código ético de la Xunta, una disposición "prohibitiva de la aceptación de regalos y dádivas por un importe cuantitativo superior a los 90 euros".

Asimismo, incide en que se realizaron "a través de empresas o servicios de transporte habitualmente utilizadas para envíos ordinarios" y "sin concurrencia alguna de la nota de clandestinidad".

Por último, remarca que los lotes se enviaron durante varios años "en días navideños y consistieron en obsequios no desacostumbrados en tales fechas, de carácter consumible y perecedero (botellas de vino)".

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