¿A cuánto sale el diputado? Ya hay nuevos límites de gasto electoral y subvenciones

  • El BOE cifra en 21.167,64 euros la ayuda por congresista o senador y a 0,81 euros cada voto obtenido. Mantiene las cifras que se aplicaron en 2016. 
Voto, urna, elecciones
Voto, urna, elecciones
JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

Una vez publicado el Real Decreto de disolución de las Cortes, la maquinaria de preparación electoral echa a andar. Y, tras lo primero, que es la convocatoria oficial de elecciones generales para el 28 de abril, vienen algunos detalles que son mucho más que un detalle para los que compiten por un asiento en el Parlamento. Las subvenciones públicas por representación, voto o envío de publicidad son esenciales para diseñar la campaña y el Boletín Oficial del Estado ha publicado este sábado el total de ayudas así como las cantidades a las que se tendrán que atener los directores de campaña a la hora de gastar. 

De una forma concreta, las cantidades fijadas para subvencionar los gastos originados por las actividades electorales para las elecciones generales al Congreso y al Senado de 28 de abril de 2019, serán las siguientes:

- Subvención de 21.167,64 euros por cada escaño obtenido en el Congreso de los Diputados o en el Senado.

-Subvención de 0,81 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidatura al Congreso, uno de cuyos miembros, al menos, hubiera obtenido escaño de diputado.

-Subvención de 0,32 euros por cada uno de los votos obtenidos por cada candidato que hubiera obtenido escaño de senador.

Paralelamente, el límite de los gastos electorales para las elecciones a las Cortes Generales será el que resulte de multiplicar por 0,37 euros el número de habitantes correspondiente a las poblaciones de derecho de las circunscripciones donde presente sus candidaturas cada partido, federación, coalición o agrupación.

Todas estas cifras son exactamente iguales a las que se aplicaron en los últimos comicios nacionales, celebrados a mediados de 2016, y tal y como publicó el BOE de 7 de mayo de ese año. Es decir, que no se ha aplicado ninguna actualización, en virtud de lo que Ley de Desindexación de la economía española, aprobada por el PP en 2015, que desvinculó este tipo de cuestiones de referencias a la inflación u otros índices de forma automática. 

Lo que sí se elevado es la partida prevista por el envío de publicidad electoral, "en función de la evolución del índice específico de la Clase 'Servicios postales' integrado en el Índice de Precios de Consumo", detalla el texto. A este respecto, "el Estado subvencionará a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones, los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores de sobres y papeletas electorales o de propaganda y publicidad electoral".

Así, se abonarán 0,21 euros por elector en cada una de las circunscripciones en las que haya presentado lista al Congreso de los Diputados y al Senado, siempre que la candidatura de referencia hubiera obtenido el número de diputados o senadores o de votos preciso para constituir un Grupo Parlamentario en una u otra Cámara. Y se aclara que "la obtención de Grupo Parlamentario en ambas Cámaras no dará derecho a percibir la subvención más que una sola vez".

Por último, se especifica que estas subvenciones concretas no computan dentro del límite previsto de gasto total de campaña antes establecido, "siempre que se haya justificado la realización efectiva de la actividad a que se refiere este artículo".

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