Declarará el próximo 4 de octubre

La Abogacía considera "impertinente" imputar a Laya por la entrada de Ghali

Pide que se deje sin efecto la imputación de la exministra y que se archive el procedimiento. Aseguran que "no va a aportar mayor aclaración sobre los hechos investigados".

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La Abogacía considera "impertinente" imputar a Laya por la entrada de Ghali.
Europa Press

La Abogacía del Estado considera "impertinente" la citación como investigada de la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya en el causa sobre la entrada y salida en España del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali. En un recurso de reforma de 27 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, los servicios jurídicos del Estado se han mostrado en contra de la decisión del titular del Juzgado de Instrucción Número 7 de Zaragoza, Rafael Lasala, y han pedido que se deje sin efecto el auto por el que se acuerda la imputación de la exministra y que se dicte el sobreseimiento del procedimiento.

La Abogacía ha defendido que la citación de González Laya, que tendrá que comparecer ante el juez el próximo 4 de octubre, "es impertinente por cuanto el resultado de la misma no va a aportar mayor aclaración sobre los hechos investigados que la que ya obra en las actuaciones con las declaraciones y demás diligencias practicadas".

Los servicios jurídicos han insistido en que "si la decisión de permitir la entrada de Brahim Ghali en España por razones humanitarias sin control de pasaporte es conforme a Derecho, es indiferente quién o quiénes tomaron la decisión o quién o quiénes estaban al corriente de la misma".

Investigación prospectiva

Asimismo, han reprochado la decisión del juez instructor de ordenar a la oficina Sirene España y a la Subdirección General de Sistemas de Información y Comunicaciones para la Seguridad que informasen si cualquiera de los Estados miembros de la zona Schengen habían librado orden europea de detención o de "mera localización a fin de comparecer ante una autoridad judicial" sobre Ghali a la fecha en la que entró al territorio español.

"Dicha diligencia supone, a nuestro juicio, una investigación prospectiva, vetada en nuestro ordenamiento jurídico", ha señalado la Abogacía. En este sentido, ha indicado que la petición del magistrado a Sirene "no es sino una búsqueda de nuevos indicios" que soporten un hipotético delito de encubrimiento. "No se está investigando indicios aportados al procedimiento, se están buscando esos indicios", ha añadido.

Declaraciones "innecesarias"

En el escrito, también se ha referencia a la citación en calidad de testigo del ex secretario general técnico del Ministerio de Exteriores José María Muriel Palomino, fijada para el mismo 4 de octubre en el que está llamada a declarar la exministra.

La Abogacía del Estado considera "igualmente innecesaria" su testifical después de que ya hayan declarado tanto el exjefe de gabinete de Exteriores Camilo Villarino y el teniente general y segundo jefe del Estado Mayor del Aire Francisco Fernández.

Asimismo, los servicios jurídicos han destacado que en la causa ya obran "informes de la Policía Nacional de los que se desprende que el Sr. Ghali ostenta la nacionalidad española y es titular de un DNI en vigor", algo que -a su juicio- "hace innecesario el tan cuestionado control de pasaporte que constituye el origen de la presente causa".

Actuación "legal"

Se trata del segundo escrito que presenta la Abogacía al respecto, ya que el pasado 17 de septiembre interpuso escrito, en representación del exjefe de gabinete de Exteriores Camilo Villarino, para pedir el archivo de las diligencias al considerar que no procedía la imputación de González Laya.

En aquel recurso, defendía que "la conducta de Villarino lejos de ser arbitraria, tenía un respaldo jurídico que le permitió considerar que la forma de proceder, no sólo no era ilegal, sino que era plenamente legal".

La Abogacía hacía referencia a una serie de artículos del denominado Reglamento Schengen, por los que se "permite que los Estados miembros puedan eximir de la obligación de cruzar las fronteras exteriores únicamente por los pasos fronterizos y durante las horas de apertura establecidas a 'personas o grupos de personas en el supuesto de que exista alguna necesidad especial', 'siempre que estén en posesión de las autorizaciones requeridas por el Derecho interno".

También señalaba el artículo 1 del Acuerdo bilateral entre España y Argelia, 13 de marzo de 2017, que "permite la entrada a titulares de pasaporte diplomático sin visado", así como la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, que en su artículo 1.1.i) "permite autorizar la entrada por motivos humanitarios".

Ghali no pasó controles de fronteras

Así, insistía en que "Brahim Ghali no sólo era titular de un pasaporte diplomático argelino, que permitía su entrada en territorio español, sino que poseía un DNI español en vigor, aunque honestamente reconociera el Sr. Villarino en su declaración que en el momento de autorizar la entrada lo desconocía".

Destacaba, además, que era necesario "tener en cuenta" la "gravísima situación" en la que se encontraba el líder polisario, "que exigía la menor dilación en su traslado al hospital". Y subrayaba también que "no se autorizó la entrada de una tercera persona que viajaba en el avión" porque no era titular de documentación que lo permitiera, "lo que prueba que en todo momento se quiso cumplir con la normativa española".

La acusación particular ejercida por el letrado Antonio Urdiales ha presentado un escrito para impugnar la petición de la Abogacía del Estado y pedir al magistrado que siga adelante con las diligencias propuestas, incluida la declaración de la exministra González Laya.

El líder del Frente Polisario llegó el pasado 18 de abril en un avión argelino a la Base Aérea de Zaragoza, sin pasar controles de fronteras ni documentación. Desde allí partió en una ambulancia al Hospital San Pedro de Logroño y fue ingresado en el centro sanitario bajo el nombre de Mohamed Benbatouche.

La madrugada del 2 de junio salió de España rumbo a Argelia, después de comparecer ante el juez Santiago Pedraz por varias querellas presentadas en su contra por presuntas violaciones de los Derechos Humanos en los campamentos de refugiados saharauis de Tinduf. El instructor de la Audiencia Nacional no dictó ninguna medida cautelar al no ver indicios de delito que apuntaran a Ghali.

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