Evita pronunciarse sobre los indultos

La Abogacía apunta que el 'procés' ya ha reparado a Hacienda los daños del 1-O

Expone que la fianza de 4,1 millones de euros constituye un elemento para reparar el daño al fisco y deja en manos del Gobierno la decisión del indulto.

Varios de los condenados en el juicio del procés en una imagen tomada en prisión
El Supremo incorporó hace unas semanas el informe del Tribunal de Cuentas. 
Omnium

La Abogacía General del Estado ve resarcido el daño del procés a Hacienda. Los servicios jurídicos del Gobierno se han pronunciado en relación a la petición del indulto para los políticos independentistas condenados por la deriva catalana y lo ha hecho insistiendo en que el daño está reparado. Según explica en su informe, la fianza de 4,1 millones de euros que se consignó por los gastos ocasionados con el 1-O constituye un elemento para considerar que ya no perdura el daño económico a la Administración Pública. De este modo da su valoración sobre la situación de los condenados, aunque elude pronunciarse de manera directa acerca de la concesión del indulto dejando la decisión en manos del Gobierno.

A diferencia del criterio la Fiscalía del alto tribunal -que hizo hincapié en que no se habían arrepentido de los hechos- la Abogacía elude decantarse acerca de si procede o no aplicar la medida de gracia para todos ellos. Ahora bien, en su informe recalca que ya ha adherido la información trasladada por el Tribunal de Cuentas en relación al afianzamiento de todos los los gastos ocasionados por el referéndum del 1 de octubre de 2017. De esta forma explica que, al analizarse exclusivamente el delito de malversación, el contenido del informe solo afecta a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Estos fueron los exmiembros del gobierno catalán de Carles Puigdemont condenados por este delito a diferencia de Joaquim Forn, Josep Rull, Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó. 

El criterio de la Abogacía se suma al de la Fiscalía -que solicitaba condenas por delito de rebelión- y da pie a que el siguiente en emitir dictamen sea el Tribunal Supremo. Aunque no es vinculante, su opinión será tenida en cuenta por el Ejecutivo, que es el que tiene en su mano la concesión de esta medida de gracia que otorga el Rey en última instancia y se autoriza para casos muy excepcionales. Al respecto, la abogada general del Estado que firma el escrito, Rosa María Seoane, determina que no le compete pronunciarse sobre la solicitud sino que tiene que ser el propio Ejecutivo el que dé respuesta al requerimiento, aunque deja la puerta abierta a que se tenga en cuenta el resarcimiento del daño económico. 

Al respecto recuerda que su personación se produjo exclusivamente por los perjuicios al fisco del 1-O (tanto de los fondos de carácter estatal como de los mecanismos de control) y por eso considera que su marco de actuación se ciñe al ámbito económico. Además destaca que el órgano fiscalizador da por resarcido el daño en lo que a la liquidación provisional del 1-O se refiere pero recuerda que existe una instrucción complementaria que incluirá las investigaciones que se están haciendo sobre la repercusión de la deriva soberanista en el exterior. Con todo, lo que resulte de estas pesquisas no tiene por qué afectar a los 4,1 millones detectados por el tribunal fiscalizador ya que están recogidos en la sentencia del alto tribunal, y por tanto firme, del 14 de octubre de 2019. 

"El afianzamiento constituye un elemento que repararía el perjuicio económico producido a la Hacienda Pública"

Al respecto aluden al fallo de la Sala de lo Penal del alto tribunal y enumeran los gastos realizados por la vía del Diplocat y los que competen a la delegación en el exterior. En relación con el primero, recuerdan las visitas de europarlamentarios para vigilar el 1-O, los gastos por la contratación de expertos en elecciones internacionales y los 54.030 euros destinados a pagar a un equipo supervisor de esta consulta. "En conclusión, el acta de liquidación provisional de 28 de enero de 2020 ya incluye la totalidad de los gastos que el Tribunal Supremo tuvo en cuenta para fundar la condena por malversación de caudales públicos en su sentencia del 14 de octubre de 2019", concluye. 

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