Dice que vulnera sus derechos

El abogado Nicolau acude a Europa en su lucha contra las limitaciones de Navidad

El letrado valenciano, pionero en actuar contra el estado de alarma, abre la vía del TEDH tras la negativa del Constitucional a estudiar su recurso.

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EFE

Próxima parada: Europa. El abogado valenciano Curro Nicolau dará la batalla ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tras agotar todas las vías legales en nuestro país en su lucha contra las restricciones de Navidad. El letrado, que fue de los primeros en denunciar el estado de alarma acordado por el Ejecutivo para frenar el avance de la pandemia, trabaja ya en el escrito que dirigirá a este órgano europeo después de que el Tribunal Constitucional haya declinado estudiar su recurso al considerar que no se vulneran los derechos fundamentales de los ciudadanos con las medidas que están adoptando las comunidades para estas fechas. 

Este letrado ha abierto frentes en muchos juzgados de España por las medidas adoptadas desde que arrancara la crisis sanitaria en marzo. Así, se dirigió al Tribunal Supremo en su lucha contra el estado de alarma, pero también presentó recursos en juzgados ordinarios de Valencia, Madrid o la Audiencia Nacional. A esta última acudió a principios de octubre para pedir que suspendiera por la vía de urgencia el acuerdo alcanzado en la Conferencia Sectorial de Sanidad sobre el confinamiento blando que se impuso en algunas comunidades, como Madrid. Aunque su demanda no prosperó en este frente, sí que consiguió avances en la abierta por estos mismos hechos en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. 

La Sala de lo Contencioso de este último órgano le dio la razón hace apenas unos días y acordó requerir al Ministerio de Sanidad y la consejería de este ramo de la Comunidad de Madrid los expediente relativos a estos acuerdos. Este mismo tribunal tumbó hace poco más de dos meses la orden de la Comunidad de Madrid que limitaba la movilidad de los ciudadanos. Se trató de una medida que adoptó el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso en contra de su propio criterio y ante el requerimiento del Gobierno central, el cual le dio un margen temporal para que las aplicara en la capital por ser entonces una de las zonas de España más afectadas por la pandemia. 

"Sub- Estados de Alarma"

Sin embargo, el alto número de contagios y la cercanía con las fiestas navideñas llevó a muchas comunidades a acordar medidas más férreas y restringir lo máximo posible los movimientos de los ciudadanos. En consecuencia, y al considerar que estas limitaciones chocan de frente con los derechos fundamentales recogidos en la Carta Magna, presentó el primer recurso ante el Tribunal Constitucional. En concreto, el abogado recurrió el auto del Supremo en el que se negaba a estudiar su reclamo sobre el segundo estado de alarma, decretado el 25 de octubre. En el texto, al que ha tenido acceso este diario, advirtió que el Gobierno podría volver a suprimir las libertades de los ciudadanos con "confinamientos universales" ante situaciones de catástrofe o crisis sanitarias que se puedan dar en un futuro. 

Pero no solo arremete contra el Ejecutivo Central. De hecho, el escrito cuestiona que no haya una respuesta común en la lucha contra la pandemia y que se estén originando lo que denomina como "sub-Estados de alarma" donde cada comunidad aplica su criterio "a través de simples actos administrativos de naturaleza reglamentaria" y no con rango de Ley. "Se trata de acontecimientos de altísima trascendencia social que requieren una interpretación del alto tribunal como máximo garante de la Constitución, de tal manera que pueda realizarse una reflexión interna ante esta nueva realidad social y se establezca con meridiana claridad el derecho de los ciudadanos a ver protegidos sus derechos ante actuaciones arbitrarias del Gobierno de España y de las comunidades autónomas", expuso.  

Nicolau, que reprocha al Supremo que haya inadmitido su recurso sin ni tan siquiera estudiar los expedientes administrativos propuestos, alegó en su escrito que en estos días de Navidad tanto él como "millones de personas" en España están viendo sus derechos vulnerados porque, en función de donde residan, se les impide visitar a familiares y allegados. "Es evidente que las tradiciones culturales en estos días hacen que exista un mayor número de desplazamientos y se celebren determinados eventos con seres queridos. Por tanto es ahora cuando se solicita al alto tribunal un pronunciamiento inmediato para que los derechos no se vean afectados", reza su escrito. 

La vía en Europa

Sin embargo, el Constitucional ha respondido a su requerimiento en tiempo récord y deniega, en dos párrafos, que se vaya a admitir a trámite el recurso. El dictamen lo firman los magistrados Alfredo Montoya Melgar; Cándido Conde-Pumpido y Juan José González Rivas, este último presidente del tribunal de garantías. En su escrito argumentan que hay una "manifiesta inexistencia" de la violación de sus derechos fundamentales. Añaden además que, en caso de que el Ministerio Público no interpusiera recurso de súplica en tres días, se archivarían estas actuaciones "sin más trámite". Sin embargo este abogado ya trabaja en dar el siguiente paso, el cual consiste en llevar su reclamo a Europa. El objetivo prioritario será que el TEDH dictamine si la figura del estado de alarma, regulada en la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, se considera norma con rango de ley.  

El apelante se ampara en el artículo 10.2 de la Constitución según el cual las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan conforme con la Declaración Universal de Derechos Humanos. En esta línea asegura que las restricciones que se acuerdan para estos días chocan con lo recogido en el artículo 17 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, según el cual ningún Estado puede destruir los derechos fundamentales reconocidos en dicho convenio. Respecto a este último razonamiento tampoco descarta presentar una demanda ante el TJUE por supuesta vulneración del tratado de la UE en lo que respecta a la libertad de circulación.  

 

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