Absuelta acusada de mostrar fotos de etarras en txozna porque no las colocó

  • La Audiencia Nacional ha absuelto a la responsable del recinto ferial de Zarautz (Guipúzcoa), en el que el pasado verano se exhibieron fotografías de presos etarras en las txoznas instaladas con motivo de las fiestas del municipio, porque no se han identificado a las personas que las colocaron.

Madrid, 25 abr.- La Audiencia Nacional ha absuelto a la responsable del recinto ferial de Zarautz (Guipúzcoa), en el que el pasado verano se exhibieron fotografías de presos etarras en las txoznas instaladas con motivo de las fiestas del municipio, porque no se han identificado a las personas que las colocaron.

Así lo ha acordado la sección primera de la sala de lo penal de este tribunal, que absuelve a Ainhitze Muniozguren Ibarguren del delito de enaltecimiento del terrorismo por el que la Fiscalía solicitaba 18 meses de prisión para ella.

La sentencia considera probado que durante la celebración de las fiestas de San Pelayo celebradas entre el 24 y el 27 de junio del año pasado, Muniozguren suscribió en nombre de la Comisión de Fiestas una solicitud para pedir la instalación de tres txoznas o casetas de feria, que dependían de otras tantas organizaciones diferentes, las cuales habían designado un responsable.

En la tarde del día 25, "personas no identificadas" colocaron en el escenario de conciertos imágenes de presos etarras, por lo que la Policía y el concejal de seguridad, Xabier Etxaburu Elu, informaron de este hecho a Muniozguren "en su calidad de interlocutora de la parte de los organizadores".

A ello, prosiguen los magistrados, la acusada respondió que carecía de potestad para retirar las fotografías porque éstas se encontraban en el interior de la caseta de una asociación, por lo que les emplazó a hablar con su responsable, al cual se comprometió a localizar.

Finalmente, las imágenes y una pancarta con el texto "Egin dezagun bidea, eskubide guztiekin, euskal presoak, euskal herria, (No a la dispersión, todos los derechos para todas las personas, presos vascos al País Vasco)", fueron retiradas al día siguiente por la Ertzaintza.

Sin embargo, el tribunal resalta que la identidad de las personas que colgaron dichas imágenes no se conoce, e insiste en que Muniozguren dio instrucciones para que se taparan, "siguiendo de esta manera el criterio policial".

Precisa asimismo que las acusaciones no atribuyen la colocación de las fotografías a la acusada, sino que sólo no las retiró siendo consciente del requerimiento para ello.

Fotografías que iban acompañadas de leyendas que indicaban la distancia de la cárcel en la que se encontraban recluidos los presos, a los cuales no se calificaban de represaliados políticos, y de otras relacionadas con sus derechos y críticas a la dispersión, explican los magistrados.

"Todo ello otorga sentido a la presencia de las fotos en aquel lugar: la protesta por el alejamiento respecto a sus familias y domicilios (...) y la dispersión por centros penitenciarios", recalcan antes de concluir que "no hay evidencia alguna de alabanza, elogio o ensalzamiento directo de los crímenes por los que habían sido juzgados o condenados".

Es por ello que enmarcan los hechos en "clave de amparo en las libertades ideológicas y de expresión, en concreto a la crítica a las políticas penitenciarias".

También recriminan a la Fiscalía que sólo informara de la identidad de las personas "al parecer relacionadas con delitos de terrorismo" que aparecían en las fotografías de la caseta pero no las del escenario, de las que no ha aportado información sobre sus antecedentes penales o procesales.

Además, subraya que el anagrama que aparecía junto a las instantáneas y que las acusaciones atribuían a la ilegalizada Gestoras Pro-Amnistía, pertenece en realidad al logotipo "Amnistía" que el escultor Eduardo Chillida diseñó en 1976.

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