Absueltos los 11 procesados por el desplome en la A-7 que causó seis muertes

  • El Juzgado de lo Penal 1 de Motril (Granada) ha absuelto a los once procesados por el desplome de la estructura que sostenía a un viaducto en construcción en la autovía A-7, a su paso por Almuñécar (Granada), y que en 2005 causó la muerte a seis trabajadores, cinco de ellos portugueses.

Motril (Granada), 14 mar.- El Juzgado de lo Penal 1 de Motril (Granada) ha absuelto a los once procesados por el desplome de la estructura que sostenía a un viaducto en construcción en la autovía A-7, a su paso por Almuñécar (Granada), y que en 2005 causó la muerte a seis trabajadores, cinco de ellos portugueses.

La sentencia absolutoria, a la que ha tenido acceso Efe y contra la que cabe recurso de apelación, coincide con el criterio finalmente defendido por la Fiscalía, que en la última sesión del juicio retiró los cargos contra todos los procesados al considerar que no quedó acreditado con certeza lo ocurrido.

No obstante, las acusaciones populares, ejercidas por UGT y CCOO, mantuvieron penas de entre tres meses y dos años y medio de cárcel, además de multas, para seis y ocho de los acusados, respectivamente.

El fallo absuelve de los delitos de homicidio y lesiones imprudentes y contra la seguridad y salud en el trabajo a los once acusados, entre los que figuran el ingeniero director del proyecto de ejecución de las obras, el entonces coordinador de seguridad de Fomento y los responsables de las empresas encargadas de las mismas.

En la sentencia, de 40 páginas, el juez Sergio Romero considera probado que el 7 de noviembre de 2005, antes de que se desplomara la autocimbra (estructura móvil necesaria para la construcción de viaductos) se produjo un corte eléctrico que hizo que se detuviera.

Antes de que pudiera repararse la avería, y "por causas que no han podido determinarse, al margen de las hipótesis a las que se ha llegado por un diagnóstico de descarte tras años de estudio", la autocimbra se desplomó causando la muerte a seis trabajadores.

Esta estructura metálica de enormes dimensiones contaba con los expedientes técnicos e informes de inspección reglamentarios, estaba bien montada y presentaba una "completa fiabilidad estructural" en el momento de los hechos, según el fallo, que mantiene que no se ha podido determinar "mediante las variadas, modernas y complejas pruebas periciales" practicadas, la causa cierta de su desplome.

Como "meras hipótesis" se estimaron problemas de la tornillería o de las soldaduras, pero "no existen datos objetivos que permitan determinar que efectivamente, en las uniones atornilladas de la cimbra que cayó o las uniones soldadas de la misma se produjese incidencia alguna", remarca el juez.

El día de los hechos, tanto las uniones atornilladas como las soldaduras fueron además revisadas "de forma debida", al margen de las "correctas" revisiones periódicas a las que eran sometidas junto al resto de la cimbra, "por encima incluso de las marcadas por el manual de instrucción del fabricante", mantiene la sentencia.

La caída de la autocimbra y su incidencia en la planta de hormigón que existía en la obra y en cuyas inmediaciones se adoptaron medidas preventivas para evitar riesgos, "por extraordinaria, no era un riesgo previsible", según el juez, para quien tampoco estuvo relacionada con el desplome el uso de una grúa.

Aunque inicialmente la causa iba a sentar en el banquillo a un total de doce personas, en la primera sesión del juicio el entonces jefe de Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental, Juan Martín Enciso, quedó apartado del proceso.

Otros dos imputados ya fueron absueltos por el juez en la última sesión después que todas las partes les retiraran los cargos, absoluciones ambas que ahora han sido confirmadas en la sentencia.

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