Absuelven a miembros de una banda acusados de ofrecer seguridad a narcos

  • La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a 8 de los 13 acusados por su presunta participación en una banda que ofrecía "seguridad total" a grupos de narcos que operaban en la costa onubense para introducir importantes cantidades de droga en España.

Huelva, 21 dic.- La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a 8 de los 13 acusados por su presunta participación en una banda que ofrecía "seguridad total" a grupos de narcos que operaban en la costa onubense para introducir importantes cantidades de droga en España.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal considera nulo el auto del 15 de septiembre de 2010 que por el que se autorizaron las escuchas telefónicas, de las que se derivaron todas las diligencias posteriores, por "falta de proporcionalidad de la medida de intervención a la vista de los escasos e insuficientes elementos indiciarios válidamente obtenidos sobre L.G.", considerado el cabecilla de la organización.

Entiende, por tanto, que se ha vulnerado el derecho constitucional al secreto de las comunicaciones y extiende la nulidad a todas las diligencias derivadas de aquellas informaciones obtenidas a través de las observaciones telefónicas irregulares, tanto vigilancias policiales motivadas por hechos conocidos a través de estas, así como investigaciones de personas imputadas y documentos, entradas y registros domiciliarios.

El tribunal precisa que sólo pueden tomarse en consideración los hechos acreditados por medio de pruebas lícitos y ajenos a las escuchas, indicando que no han podido demostrarse de forma autónoma los delitos de asociación ilícita, ni delito de daños en bienes públicos, ni de tenencia ilícita de armas y ni de blanqueo capitales, por ello absuelve a los acusados.

Tan sólo condena a cinco rumanos, acusados por su participación en distintos alijos abortados durante la operación, que durante el juicio mostraron su conformidad reconociendo los hechos, "uno de los medios de prueba de culpabilidad de un acusado que puede ser invocado como fuente independiente de cualquier otra viciada por vulneración de un derecho u otra garantía es su confesión en juicio".

A ellos los condena por un delito de tráfico de sustancias estupefacientes que no causan grave daño para la salud a la pena de tres años y un mes de cárcel, y a multas que van desde los 10 a los 35 millones de euros en relación con la cantidad de droga movida en el alijo en el que participaron.

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