Absuelven al único acusado de asesinar al empresario leridano Santiago Mir

  • La Audiencia Provincial de Lleida ha absuelto por falta de pruebas a Juan G.A., el único acusado por el asesinato del empresario cárnico leridano Santiago Mir, muerto el 1 de agosto de 2009 cuando cuatro encapuchados entraron a robar en su casa y le dispararon con una escopeta recortada.

Lleida, 16 nov.- La Audiencia Provincial de Lleida ha absuelto por falta de pruebas a Juan G.A., el único acusado por el asesinato del empresario cárnico leridano Santiago Mir, muerto el 1 de agosto de 2009 cuando cuatro encapuchados entraron a robar en su casa y le dispararon con una escopeta recortada.

El tribunal señala en su sentencia que el testimonio de la viuda de Mir, la única testigo de los hechos, contra el acusado no es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia del imputado, que negó ser el autor de los hechos.

Asimismo, según el tribunal ninguno de los indicios aportados durante el juicio contra el acusado son inequívocos o concluyentes, sino lo contrario, ya que la sala los considera "excesivamente endebles, insuficientes y ambiguos".

En detalle, la sentencia señala que aunque el tribunal no duda del relato realizado por la viuda, no ha quedado acreditado que estos fueran cometidos por el acusado en compañía de otras tres personas sin identificar.

Así, aunque la viuda dio una descripción detallada de la persona que disparó a su marido, el tribunal destaca que ésta ha ido modificando dicha descripción a los largo de sus diferentes declaraciones.

Además, la sala considera que los datos aportados por la mujer no concuerdan del todo con el físico del acusado, ya que ésta dijo que era especialmente bajito, cuando según la sala el imputado es de estatura media; dijo que tenía los ojos muy redondos y los de este son caídos, y dijo que cojeaba mucho, dato que en ningún momento se ha podido observar en el imputado.

Asimismo, a pesar de que la viuda reconoció al acusado durante una rueda de reconocimiento, la sala destaca que ésta se realizó un año y medio después de los hechos, "lo que constituye un intervalo excesivamente prolongado para una identificación fiable", y recuerda que el asesino llevaba cara la tapada por un pasamontañas, lo que por fuerza impide un reconocimiento fiable.

Por último, la sala considera que la voz de acusado, que la viuda dijo también haber identificado, no es tan característica o peculiar como para ser recordada con el paso del tiempo.

A estas dudas sobre la identificación del acusado se suma la falta de indicios claros contra éste, ya que según la sala las conversaciones telefónicas que se gravaron a la familia del acusado, en las que hablaban de hechos delictivos y muertos, no hacen clara referencia a la participación del acusado en los hechos.

Atendiendo a todo ello el tribunal ha absuelto al imputado, una decisión contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

El Ministerio Fiscal y la acusación particular pedían 31 años y medio de cárcel por asesinato con alevosía y agravante de disfraz; robo con violencia, hurto de un coche y tenencia ilícita de armas.

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