Pendientes del TJUE

Afectados del Popular a punto de perder su indemnización: "Será un desastre"

El abogado general considera que los inversores del banco resuelto en junio de 2017 no pueden demandar a  la entidad 'heredera' para recuperar el dinero perdido porque el folleto informativo fuera "defectuoso".

La CE reconoce que los afectados por el Popular pueden recurrir al TJUE
Accionistas de Popular temen que el TJUE libre a Santander de indemnizarles.

La batalla por recuperar la inversión perdida en la ampliación de capital del Banco Popular un año antes de que desapareciera, en junio de 2017, cada vez es más dura. Miles de accionistas que han acudido a los tribunales están pendientes de lo que determine la Justicia europea sobre si el Banco Santander, que adquirió por el valor simbólico de un euro la entidad resuelta, debe indemnizarles por los daños ocasionados, ya que dicha sentencia marcará el camino a seguir de los órganos judiciales españoles que tienen sus demandas encima de la mesa. No obstante, la postura del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Jean Richard de la Tour, que se ha posicionado a favor de la entidad presidida por Ana Botín, ha hecho temer a los antiguos inversores, ya que, pese a que su criterio no es vinculante, sí que ha sido asumido por los jueces en la mayoría de los asuntos.

El abogado general ha presentado este jueves sus conclusiones sobre una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de A Coruña, en las que afirma que los accionistas que participaron en la ampliación de capital del Popular no pueden promover demandas de resarcimiento o demandas de efecto equivalente contra el banco 'heredero' basándose en que la información del folleto de la entidad emisora es "defectuosa". De acogerse este criterio por parte de tribunal con sede en Luxemburgo, numerosas de demandas caerán en saco roto en los tribunales españoles, pues, a juicio de De la Tour, la Directiva sobre la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión se opone a que "se impongan judicialmente a la entidad emisora, o a la entidad que la suceda universalmente, obligaciones de restituir el contravalor de las acciones suscritas y de abonar intereses como consecuencia de la declaración de nulidad, con efectos retroactivos, del contrato de suscripción de las acciones, en virtud de demandas promovidas con posterioridad a la resolución de la entidad".

Las conclusiones del abogado general de la UE, que además recuerda que el Tribunal de Justicia ya ha declarado que "el interés de los inversores no puede prevalecer en todo caso sobre el interés consistente en garantizar la estabilidad del sistema financiero", han sido aplaudidas en el seno del banco cántabro, ya que parte de la razón de la operación de adquisición del Banco Popular -lo compró por un euro pero después inyectó más de 7.000 millones de euros para garantizar su funcionamiento- tras su resolución el 7 de junio de 2017 por la Junta Única de Resolución (JUR) depende de que los tribunales no le obliguen a indemnizar a los antiguos accionistas y bonistas. La cuantía total que se ha puesto en juego ante la justicia es difícil de calcular en este momento, pues el valor de la acción va fluctuando y éstas fueron adquiridas hace ya más de cinco años. 

"Será un desastre"

"Si esto es lo que resuelve finalmente el tribunal será un desastre. Impedirá que recuperen el dinero", asegura uno de los abogados defensores de los accionistas del Banco Popular, que al tiempo llama a esperar a ver qué decide finalmente el TJUE al respecto. Así, en caso de que el pronunciamiento de la corte europea sea similar al manifestado por el abogado general, fuentes jurídicas consultadas por La Información, advierten del riesgo que ello puede conllevar, pues todos los asuntos civiles indemnizatorios que están en manos de distintos órganos judiciales, la mayoría de ellos paralizados a petición del Santander hasta que el TJUE se pronuncie, tendría que resolverse en contra de los accionistas.

Cabe destacar que muchos de los procedimientos analizados en juzgados de primera instancia, y posteriormente por las Audiencias Provinciales, han llegado al Tribunal Supremo, que ya ha rechazado admitir a trámite los primeros recursos contra las sentencias que han dado la razón a los afectados por la compra de acciones del Banco Popular. Cierto es que con las inadmisiones de los recursos, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo no ha entrado en el fondo del asunto, pero en la práctica supone ratificar los argumentos de las sentencias recurridas, ya que, según explicaron los magistrados en cuatro recientes autos, no cabe la "alteración de la base fáctica" de las resoluciones impugnadas. En este sentido, confirman lo expuesto en dichas sentencias, en las que se afirma que la situación financiera que se reflejaba en el folleto informativo de la ampliación de capital por 2.500 millones de euros no se adecuaba a la realidad económica y financiera de la entidad.

Avalancha en el  Tribunal Supremo

En próximas fechas, el Supremo recibirá en avalancha todos los asuntos que aún están en los juzgados ordinarios, tal y como advirtió la Sala de lo Civil recientemente en un informe con el que solicitó con urgencia personal de refuerzo, por lo que la resolución del TJUE es vital para saber qué hacer. Si finalmente asume la propuesta del abogado general De la Tour, la jurisprudencia tomará otro sentido. Eso sí, las fuentes jurídicas consultadas destacan que los fallos que el Alto Tribunal española ya ha hecho firmes no se verán afectadas.

En cuanto a la investigación que se sigue en la Audiencia Nacional sobre las circunstancias que rodearon la resolución del Banco Popular, las fuentes jurídicas consultadas indican que la resolución del TJUE tendrá poca influencia en este procedimiento, ya que no impide que se siga indagando en la línea centrada en si el folleto informativo publicado con ocasión de la ampliación de capital realizada por Banco Popular en mayo de 2016 reflejaba una imagen fiel de la entidad y si los los inversores que adquirieron acciones de crédito disponían la información necesaria y veraz para tomar una decisión sobre la compra de los títulos. En lo que sí podría tener repercusión, según las fuentes jurídicas cercanas a esta causa judicial, es en si el Banco Santander puede ser declarado como responsable civil como sucesor del Popular, una puerta que dejó abierta la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en abril de 2019 tras revocar la decisión del juez instructor José Luis Calama de imputar a la entidad de Botín.

Mostrar comentarios