AI lamenta los límites a la jurisdicción universal y las desapariciones forzadas

  • Madrid.- Amnistía Internacional (AI) ha lamentado que España no haya incluido en el Código Penal el delito de desaparición forzada y que haya limitado la aplicación de la jurisdicción universal a los casos en los que las víctimas eran españolas y a que el acusado estuviera en España.

AI lamenta los límites a la jurisdicción universal y las desapariciones forzadas
AI lamenta los límites a la jurisdicción universal y las desapariciones forzadas

Madrid.- Amnistía Internacional (AI) ha lamentado que España no haya incluido en el Código Penal el delito de desaparición forzada y que haya limitado la aplicación de la jurisdicción universal a los casos en los que las víctimas eran españolas y a que el acusado estuviera en España.

Son datos del informe "El estado de los derechos humanos en el mundo" presentado por Amnistía Internacional, que indica que ETA sigue siendo un "grave problema" para los derechos humanos y que continuaron registrándose denuncias de tortura y malos tratos contra funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, aunque disminuyeron en las comisarías donde se instalaron sistemas de vigilancia.

Recuerda que, según la Fiscalía General del Estado, en 2009 se registraron 230 denuncias por estos hechos, aunque no se conoce cuántas concluyeron en condena.

"Una de las grandes preocupaciones de Amnistía es que muchas se archivan sin investigar y en otros casos, cuando avanzan, los procesos de investigación pueden durar entre 10 y 12 años entre la denuncia y la sentencia", ha explicado el director de la organización en España, Esteban Beltrán, durante la presentación del informe.

Respecto al racismo, Amnistía sitúa a España entre los cuatro únicos países de la UE que no tiene un órgano que registre los datos estadísticos sobre las denuncias presentadas en este sentido.

"El racismo es invisible oficialmente", ha dicho Esteban Beltrán, quien ha destacado también como otro de los aspectos negativos que "España no ha hecho los deberes respecto a los derechos de justicia y reparación en los casos de desapariciones forzadas en la Guerra Civil".

El informe destaca que España ha ratificado la convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, pero no lo incluye como delito en el derecho español.

Sobre la jurisdicción universal, considera un retroceso la aprobación en el Parlamento "sin ningún debate específico al respecto" de la reforma de la Ley del Poder Judicial, el pasado mes de octubre, que limita su aplicación a los casos de víctimas españolas o con algún "vínculo de conexión relevante" con España y en los que el presunto acusado estuviera en España.

En este sentido, el magistrado emérito del Tribunal Supremo y miembro de la Comisión Internacional de Juristas, José Antonio Martín Pallín, que ha intervenido en la presentación del informe ha destacado "el privilegio" de que el juez Baltasar Garzón iniciara la causa contra el ex dictador chileno Augusto Pinochet porque "relanzó" la Jurisdicción Universal.

"El trabajo de Garzón generó una marea imparable y se fueron ajustando cuentas en Argentina, en Chile o Sudáfrica, hasta el momento actual, en el que en España se cercena de forma muy significativa" la justicia universal, ha opinado.

A pesar de la restricción, el magistrado considera que se ha abierto la brecha "del vínculo de conexión relevante con España", por la que la defensa de los derechos humanos pertenece a todos los países y por tanto "ningún juez español puede ser ajeno a la violación de estos derechos".

Sobre las desapariciones forzadas, el magistrado ha señalado que "nada impide que un juez pueda investigar si aparecen en fosas cadáveres con signos evidentes de violencia", ha dicho Pallín.

Como aspectos positivos, el informe destaca las reformas en la legislación de asilo, que amplía los motivos para reconocer la condición de refugiado a las personas que sufren persecución por motivos de género y orientación sexual; y la de la Ley de Extranjería, que garantiza el acceso de las ONG a los centros de detención de inmigrantes.

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