(ampliación) la justicia sostiene que el alcalde de valladolid desobedeció de “forma interesada” sus resoluciones

VALLADOLID, 29 (SERVIMEDIA/ICAL)

El alcalde en funciones de Valladolid, Francisco Javier León de la Riva, ha sido condenado a 13 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos por desobedecer de forma “conveniente e interesada” resoluciones judiciales que le ordenaban derribar parte de un edificio de viviendas de su ciudad en el que tiene un piso.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Valladolid le condena por demorar el derribo de parte de unos áticos ubicados en la plaza de Zorrilla. El tribunal ha determinado imponerle una pena de trece meses de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos.
La sentencia considera que es autor criminalmente responsable del delito de desobediencia ya definido y le impone además la pena de seis meses de multa a razón de 70 euros al día multa, es decir 12.600 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.
El fallo judicial impide que León de la Riva ocupe durante el tiempo de la pena cargo público de alcalde o concejal, además de imponerle el pago de las costas causadas, incluidas las costas de la acusación popular.
La Audiencia Provincial de Valladolid ordenó el pasado 11 de febrero reabrir el caso de los áticos de la plaza de Zorrilla, a petición de la Fiscalía, por indicios de desobediencia en el cumplimiento de una sentencia de 2008 que obligaba a demoler una parte de ellos y que archivó en su día el juzgado de instrucción.
ELEMENTOS PROTEGIDOS
El juez consideró que las razones aportadas por la Audiencia Provincial le obligaban a la imputación del alcalde, por su reiterada actuación tendente a eludir el cumplimiento de lo que le mandaba la sentencia. Debía, en concreto, demoler, en el plazo señalado, las obras de rehabilitación realizadas en el edificio de la plaza de Zorrilla, así como reconstruir los elementos protegidos, ilegalmente demolidos o modificados.
La Fiscalía había solicitado un año y tres meses de inhabilitación para el cargo de alcalde u otros análogos, una multa de 3.600 euros y el pago de las costas, al tipificar los hechos como un delito de desobediencia, del artículo 410.1 del Código Penal. Mientras tanto, la Federación de Asociaciones de Vecinos Antonio Machado, personada como acusación particular, observó un delito continuado de desobediencia, por lo que pedía inhabilitación por dos años y el pago de una multa de 90.000 euros.
Las actuaciones que han desembocado en la sentencia contraria a León de la Riva se iniciaron en virtud de una denuncia de la Fiscalía de Valladolid de fecha 28 de junio de 2012. Entonces se iniciaron unas diligencias por la denuncia de la Asociación Cultural Ciudad Sostenible, por presunto incumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla León de fecha 28 de abril de 2008. El Juzgado de lo Penal admitió las pruebas propuestas por las partes y celebró el juicio el pasado 27 de abril.
HASTA CUATRO REQUERIMIENTOS
La sentencia considera probado que De la Riva desobedeció a los jueces pese a conocer el contenido de la sentencia de 2008 y haber sido requerido por la autoridad judicial hasta en dos ocasiones (autos de junio de 2009 y julio de 2010). Se destaca que se dieron los avisos al alcalde “con advertencias en todos los casos de las consecuencias de no cumplir” con la resolución.
La resolución conocida este viernes añade que el todavía primer edil vallisoletano “no cumplió la orden de cese de la utilización de las construcciones afectadas por la sentencia, que resultaban de la mera lectura de la misma”, y hasta septiembre de 2010 no se ordena a los propietarios ocupantes de las vivienda situadas en los áticos el desalojo en el plazo de diez días.
Además, prosigue la jueza, el alcalde no cumplió la orden de cese de la utilización de las oficinas hasta el 6 de junio de 2012, “pese a haber sido requerido en cuatro ocasiones, las dos últimas el 16 de marzo de 2011 y el 2 de abril de 2012, de forma personal". Y tampoco cumplió, continúa, con la obligación de incoar expediente sancionador contra los responsables de la infracción urbanística hasta el 29 de mayo de 2012, “sin que en ninguno de los tres supuestos concurriera causa legal, administrativa o técnica justificativa del no cumplimiento hasta esa fecha”.
CABE RECURSO
La sentencia indica que Francisco Javier León de la Riva “desatendió de forma conveniente e interesada el cumplimiento de las resoluciones judiciales” relativas a la reconstrucción de los elementos protegidos, ilegalmente demolidos o modificados en el edificio en litigio.
Y lo hizo, prosigue la sentencia, “con actuaciones meramente formales, sin asumir directamente la ejecución, actuando siempre por delegación en la mayor parte de los casos y, por tanto, sin la especial diligencia que exigía el cumplimiento de los requerimientos de la autoridad judicial”.
Unas actuaciones, las del alcalde en este caso, de las que sabía que “no se ajustaban a los exigido por la autoridad judicial” hasta marzo de 2011; y todo ello, señala, “con el propósito de dilatar y obstaculizar la ejecución material en sus justos términos de la sentencia de 28 de abril de 2008, por un evidente interés particular, por su condición de propietario de una vivienda” en el edificio.
Por último, considera la jueza que la actuación de León de la Riva también respondió a un “interés profesional” como alcalde “por el innegable y cuantioso coste económico que la ejecución de la sentencia en sus justos términos comportaba para el presupuesto municipal”.
La sentencia no es firme y podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de diez días para su resolución por la Audiencia Provincial.

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