La Fiscalía Anticorrupción se niega a que el expresidente del BBVA Francisco González sea desimputado del delito de administración desleal que se le atribuye indiciariamente desde hace tres meses por el presunto uso personal de los recursos del banco. El Ministerio Público carga duramente contra el que fuera máximo responsable de la entidad financiera y asegura que la petición que hizo para que el banco gestionara la valoración registral de una finca que estudiaba adquirir demuestra que no respetó “la distinción entre objetivos de la entidad” que presidía “y los suyos personales”.
Así lo exponen Miguel Serrano y Alejandro Cabaleiro en un escrito fechado el pasado 4 de octubre, al que ha tenido acceso La Información, en el que se oponen a todos los argumentos que González plantea en su recurso contra el auto del titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, por el que acuerda mantenerle imputado por el delito de administración desleal. En un breve escrito de tan solo cuatro páginas, los fiscales corrigen a González y explican que lo que se está investigando no es una “actuación puntual”, sino la utilización de recursos de la entidad financiera para, presuntamente, "cometer hechos delictivos” a través de las empresas del comisario jubilado José Manuel Villarejo, que trabajó para BBVA durante una década mientras seguía en activo en la Policía Nacional.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón, que investiga los presuntos negocios ‘oscuros’ del agente encubierto, acordó el pasado mes de julio sumar a los delitos de cohecho y revelación de secretos por los que Francisco González lleva imputado desde 2019 el de administración desleal. Todo ello a instancias del Ministerio Público. La defensa de González, que tardó solo unas horas en impugnar esta decisión, aseguró en su primer recurso que canalizó a través del que fuera su ‘mano derecha’, Joaquín Gortari -actual jefe de auditoría interna del banco-, la reclamación de datos sobre la situación jurídica del propietario de la finca en cuestión "para salvaguardar el buen nombre, la reputación y el prestigio de una entidad financiera de primer nivel como es BBVA”.
Un aspecto en el que insiste la defensa de González, ejercida por el letrado Jesús Santos, en cuyo recurso de apelación presentado ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional señala que el único perjuicio causado al banco fue “quitarle un poco de tiempo (laboral) al señor Gortari (que no es económicamente evaluable), y la obtención en su caso de alguna nota simple del Registro Mercantil (a 9 euros la nota simple, hablamos de como máximo 50 euros)”. Cabe recordar que la entidad que ahora dirige Carlos Torres archivó el expediente que se abrió contra el que fuera jefe de Gabinete de González al no encontrar ninguna irregularidad en esta gestión.
Reconocimiento del daño
Para Fiscalía, la justificación de que González exigiera estas gestiones “personales” con el objetivo de evitar que la compra de una finca pudiera poner en entredicho al BBVA no tiene ninguna validez. De hecho, los fiscales tratan de volver ese argumento en contra del expresidente y señalan que el propio investigado “está asumiendo” que su “conducta privada” podía dañar a "uno de los primeros bancos de nuestro país, con lo cual, si perjudica a ésta perjudica no solo a sus accionistas, sino también a economía nacional”.
Con esta alegación, Anticorrupción reitera que para investigar un delito de administración desleal no es necesaria ninguna denuncia ante el posible elevado número de perjudicados. En este sentido, vuelve a criticar que la defensa de González cuestione su legitimidad para impulsar la imputación, insistiendo ahora ante la Sala en la tesis de que dicho delito no se encontraba en vigor en el momento de los hechos, y que el Código Penal vigente entonces requería la denuncia de un perjudicado que en este caso no existe.
Los fiscales ya apuntaron en su momento que precisamente el artículo del Código Penal en el que se apoya el abogado para intentar tirar por tierra la atribución de un presunto delito de administración desleal contempla un apartado que abre la puerta a investigar sin denuncia “cuando la comisión del delito afecta a los intereses generales o a una pluralidad de personas”. De hecho, este criterio fue asumido por el juez García Castellón en el auto por el que confirmó su decisión, al entender que este requisito se cumple al tratarse de un presunto perjuicio causado a “una entidad bancaria de gran relevancia, que cotiza en el Ibex 35, con una multitud de accionistas, y que es uno de los principales bancos de este país”.
En cualquier caso, el Ministerio Público recuerda que en la novena pieza del caso ‘Tándem’, en la que se investiga la contratación de Villarejo por parte de BBVA, se encuentran personados accionistas de la entidad que denunciaron los hechos, así como el propio banco -que también se encuentra imputada como persona jurídica-, que fue quien puso de manifiesto estas presuntas irregularidades a través del ‘forensic’ que encargó y entregó al juzgado.
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