Anticorrupción pone el foco en el FROB por la liquidación del Popular y su venta

  • No descarta recabar de la autoridad un informe detallado sobre su intervención en el banco antes de que fuera adquirido por un euro por el Santander.
Banco Popular
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EFE

La causa que se investiga en la Audiencia Nacional por la ampliación de capital en el Banco Popular de 2016 amplía el foco a su posterior liquidación y venta al Santander por el simbólico precio de un euro. Así lo expone la Fiscalía Anticorrupción en un escrito en el que deja abierta la posibilidad de reclamar al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) un informe detallado sobre este proceso de liquidación de la entidad que tuvo lugar a mediados de 2017.

El Ministerio Público anticipa de esta manera las líneas por las cuáles podría discurrir en el futuro próximo la investigación que arrancó hace ahora un año y medio contra los expresidentes del Banco Popular Ángel Ron y Emilio Saracho por presuntas irregularidades en la ampliación de capital así como por la difusión de información falsa sobre la entidad que hizo caer en picado el valor de la cotización de sus acciones. En concreto, estudia recabar a la autoridad un estudio minucioso sobre las circunstancias en las que se llevó a cabo la venta del Popular en lo concerniente a su liquidación así como la intervención del FROB en la transmisión de la entidad.

Así lo explica Anticorrupción en un escrito al que ha tenido acceso este diario en el cual se pronuncia en contra del recurso presentado por el Banco Santander en el que pedía que se levantara su citación como investigado. El juez atendió el criterio del Ministerio Público y resolvió manteniendo la imputación para el banco en calidad de heredero del Popular. De esta manera, el nuevo instructor de la causa, el magistrado José Luis Calama Teixeira, desestimó las pretensiones del recurrente acerca de que no se le podía hacer responsable penal de unos hechos ocurridos antes de la fusión por absorción. Eso sí, también ha denegado la pretensión de que se investigue a los expresidentes de la entidad por la venta de la misma, de manera que el foco en lo relativo a su liquidación consistirá exclusivamente en la demanda de documentación al respecto y no en la búsqueda de responsabilidad penal por este extremo concreto.

No se puede comparar con la venta del Banco de Valencia

Igualmente la entidad, para respaldar su petición, comparó su situación con la de Caixabank, la cual no ha tenido que rendir responsabilidades penales en las diversas causas que se han investigado también en este órgano judicial contra Banco de Valencia. A su juicio, el caso es trasladable "punto por punto" a esta investigación que comenzó dirigiendo el magistrado Fernando Andreu, si bien la Fiscalía Anticorrupción también dedica parte de su escrito a responder a este asunto concreto.

De este modo, refuta esta teoría y explica que los casos en cuestión "no son equivalentes". Y ello es así porque la adquisición por parte de Caixabank se hizo directamente al FROB en febrero de 2013 y, antes de eso, se produjeron una serie de "hechos relevantes", según explica el propio fiscal. Se refiere a la intervención del Banco de España en la entidad más antigua de la Comunidad Valenciana lo que motivó la sustitución de la entonces cúpula del banco por los administradores del FROB además de una inyección total de 4.500 millones de euros entre lo que se ingresó en un primer momento y la posterior ampliación de capital a finales de 2012. 

Recurso ante la Sala de lo Penal

Así pues, con esta respuesta el Ministerio Público pone de manifiesto que no se puede comparar su situación en esta causa penal con la de Caixabank teniendo en cuenta que tanto para la Fiscalía como para el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, el Santander, tras cerrar la operación de compra, ya no es la misma entidad, sino que es el fruto de la suma de ambas aunque mantenga el nombre por ser la principal. Con todo, los investigadores reconocen que esta figura jurídica no implica que haya existido "actuación maliciosa" sino que se trata de un precepto penal a adoptar en supuestos como estos en los que no se produce la extinción de la persona jurídica.

En su auto del pasado mes de enero, el magistrado expuso que se acordará la consecuente citación de un representante legal de la entidad para tomarle declaración una vez reciba las conclusiones del peritaje que ultiman ya los expertos del Banco de España. Precisamente, la incorporación de este trabajo a la causa será crucial no solo para el devenir de la misma sino también porque con este análisis el magistrado dará paso a la ronda de interrogatorios a los acusados que todavía no se ha celebrado en este tiempo de instrucción de causa. Fuentes de la entidad consultadas por este diario explican que el banco, por su parte, recurrirá la decisión del instructor ante la Sala de lo Penal para que sea este órgano superior el que resuelva sobre su devenir en el procedimiento.

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