"Por ser desproporcionado" 

La Audiencia de Madrid anula una tarjeta 'revolving' con interés del 18%

Se trata de un contrato concertado en 2008, cuando "todavía no se publicaban por el Banco de España, de manera desglosada, los datos oficiales sobre los tipos de interés de tarjetas de crédito con pago aplazado". 

Tarjeta crédito datáfono
La Audiencia de Madrid anula una tarjeta 'revolving' con interés del 18%. 
Foto por formulario PxHere

Nueva sentencia en contra de los intereses de las tarjetas 'revolving'. La Audiencia Provincial de Madrid ha anulado una tarjeta de pago aplazado con un interés del 18%, ya que "estipuló un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado".

En una sentencia fechada el pasado 7 de octubre a la que ha tenido acceso Efe, la Audiencia rechaza el recurso de la filial de consumo de CaixaBank contra una sentencia de primera instancia y obliga a la entidad a devolver a un cliente, representado por la plataforma de abogados Reclama Por Mí, "todas la cantidades percibidas que excedan del capital prestado más los oportunos intereses legales".

Las condiciones del contrato, señala la Audiencia, no superan los controles de transparencia. Se trata de un contrato de tarjeta de crédito de pago aplazado concertado en 2008, cuando "todavía no se publicaban por el Banco de España, de manera desglosada, los datos oficiales sobre los tipos de interés de tarjetas de crédito con pago aplazado", lo que no ocurrió hasta 2010.

Anula una tarjeta por altos intereses 

Para esta clase de operaciones concertadas en el período anterior a la fecha en la que ese dato específico cobró "carta de naturaleza en los boletines de estadística del Banco de España", prosigue la sentencia, "la única regla que resulta fiable es tomar como indicador del 'interés normal del dinero' el del tipo medio de las operaciones de crédito al consumo.

Pero en el presente caso, en marzo de 2008 el tipo de interés de los créditos al consumo alcanzó un 9,071% (TAE); de ahí que se considere usurario el interés aplicado por la entidad financiera, que "prácticamente duplica el verdadero interés de referencia". 

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