La AN anula los autos de prisión de cuatro CDR, que volverán a pasar ante el juez

El CDR Jordi Ros
El CDR Jordi Ros
Europa Press

La Audiencia Nacional ha anulado los autos de prisión de cuatro de los siete miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) investigados por terrorismo, por lo que el juzgado instructor les ha convocado de nuevo este miércoles para celebrar nuevas 'vistillas', ya que ha determinado que no se les proporcionó información esencial en las vistillas en las que se acordó su encarcelamiento.

El juez Manuel García Castellón ha emplazado para mañana mismo a estos cuatro acusados, Guillem Xavier Duch, Eduardo Garzón, Xavier Buigas y Alexis Codina, para celebrar de nuevo las vistillas de acuerdo con el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, previstas como requisito para la adopción de medidas de prisión. Esto no implica que se vaya a poner en libertad a los detenidos, sino solamente que los detenidos volverán a pasar ante el juez a las 12.00 horas.

Fueron las defensas quienes se quejaron de que no habían podido acceder a información esencial sobre las razones de la prisión provisional acordada el pasado 26 de septiembre. Las defensas denunciaron también en sus recursos que el teniente fiscal Miguel Ángel Carballo, al pedir el ingreso en prisión, hizo en las vistillas un alegato "genérico y estereotipado" que no aportaba datos o indicios de apoyo.

La sección segunda de lo Penal ha adoptado esta decisión en un auto que se basa en la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional en recientes sentencias y que establece que, en causas que están bajo secreto, el juzgado debe aportar una mínima información esencial en aras de garantizar el derecho de defensa, "compaginándolo en su caso con el secreto".

A este respecto, los magistrados no han entrado a valorar si existen motivos de fondo para enviarlos a la cárcel, pero entienden que las actuaciones deben retrotraerse al momento en que se les puso a disposición del juez tras su detención.

Tras estas nuevas vistillas, el juez instructor deberá decidir si procede su puesta en libertad o, por el contrario, siguiendo el procedimiento legalmente previsto, considera que debe mantener la prisión provisional, para lo cual deberá dictar nuevos autos. Si se da el caso, el plazo de la detención, según el auto de la Sala, empezaría a contar desde el momento en que se les vuelva a poner a disposición del juez.

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