
Triunfo del Ejecutivo ante la Justicia por sus medidas para confinar Madrid. La Audiencia Nacional ha resuelto contra el recurso presentado el pasado jueves por un abogado particular contra lo acordado en la Conferencia Sectorial de Sanidad en el que solicitaba que se suspendieran por la vía de urgencia porque afectaban a los derechos de los ciudadanos. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso, que también se pronunciarán sobre las medidas cautelares solicitadas por el Gobierno regional de Ayuso, consideran que no concurre la circunstancia para adoptar cautelarísimas contra este acuerdo porque las medidas de confinamiento blando puestas en marcha están dirigidas a las comunidades autónomas y no a los ciudadanos.
La Sala ha resuelto por la vía rápida el recurso que interpuso el abogado Curro Nicolau apenas 40 horas antes de que entrara en vigor el acuerdo alcanzado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para frenar la propagación de la covid. El letrado se adelantó al Gobierno madrileño, que ya había anunciado que recurriría esta decisión ante los tribunales, y pidió que se resolviera con urgencia al tratarse de medidas que afectaban derechos fundamentales de los ciudadanos como son el de libertad de movimiento o de reunión. La Sala le responde que no se dan los requisitos para paralizar el plan del ministro de Sanidad, Salvador Illa, aunque ha abierto pieza separada y ha pedido informe a la Abogacía General del Estado para tramitar el recurso por la vía normal.
El abogado valenciano, que ya actuó contra el Gobierno de Pedro Sánchez ante el Tribunal Supremo por el estado de alarma, expuso en su recurso al que tuvo acceso este diario que las medidas sanitarias acordadas para todos aquellos municipios que presenten más de 500 casos positivos por cada 100.000 habitantes afectaban a pilares básicos recogidos en la Constitución. Según apuntó, el plan acordado por el Ejecutivo central -y que repercute principalmente a la Comunidad de Madrid- tendría que haber justificado las medidas sanitarias acordadas y haberse amparado en base a criterios científicos. En respuesta, los magistrados que admitieron a trámite el recurso el pasado viernes le aclaran que en este caso no concurren los requisitos para resolver por la vía de urgencia.

Decisión final de las CC.AA
Igualmente, analizan el contenido de la resolución aprobada por el departamento que dirige Salvador Illa para apuntalar que ésta va dirigida a las comunidades autónomas y, por lo, tanto, "no producen la afección directa de los derechos fundamentales del actor". La clave de este razonamiento se encuentra en el punto tercero del escrito del pasado 30 de septiembre, según el cual, las medidas ordenadas "se adoptarán por las comunidades autónomas en un plazo limitado y podrán ser revisadas por éstas". "Resulta así que, a la vista del propio tenor de las resoluciones impugnadas, éstas por sí mismas y en ausencia de la ulterior actividad administrativa de las comunidades autonómicas no producen la afección directa de los derechos" de los ciudadanos, reza el fallo.
De este modo, ahora se abre una nueva pieza en la que se estudiará el recurso del letrado Curro Nicolau por la vía ordinaria. En el marco de la misma se ha dado traslado a los servicios jurídicos del Gobierno para que se pronuncien acerca de esta solicitud, la cual se tramita a la par que la presentada por el Ejecutivo regional de Isabel Díaz Ayuso. A falta de conocer este nuevo balance, el Gobierno ya contaba con una valoración efectuada por la Abogacía General del Estado del pasado mes de agosto, tal y como adelantó este diario. El documento, firmado por la abogada del Estado Clotilde de la Higuera, ya estudiaba las posibilidades legales de aplicar medidas de confinamiento a las zonas más afectadas por la pandemia antes incluso de que tuvieran lugar las reuniones entre Pedro Sánchez e Isabel Díaz Ayuso y sus posteriores desencuentros.
En el recurso presentado este viernes por el Ejecutivo regional contra la orden de Sanidad se denunció invasión de competencias por parte del Ministerio mediante la utilización "torticera" de la orden y apuntaron además que se había hecho un "uso instrumentalizado" del Consejo en tanto el acuerdo que ya ha entrado en vigor no se alcanzó por consenso. Igualmente aportaron un informe de la Consejería de Hacienda en el que se plasmaba unas pérdidas de 750 millones de euros por cada semana de retraso de activación económica y una destrucción media semanal de 18.000 empleos. A todo ello hay que añadirle un tercer recurso presentado por el partido Vox ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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