Pedraz afea a Vox que su querella contra Zapatero se reduce a "fuegos de artificio"

  • El magistrado de la Audiencia Nacional sigue el criterio del fiscal y reprocha a Vox que su escrito "ayuna de todo sustento fáctico y jurídico".
Zapatero ha rechazado alcanzar pactos con Bildu. / EFE
Zapatero ha rechazado alcanzar pactos con Bildu. / EFE

El magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz no investigará al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por colaboración con banda armada y revelación de secretos. El instructor ha decidido de este modo adoptar el criterio de la Fiscalía y no admitir a trámite la querella que presentó Vox contra el mandatario por las negociaciones con ETA puesto que los hechos denunciados por la formación política no tienen "sustento probatorio alguno" y, además, constituyen "ilícitos meros fuegos de artificio".

Así lo plasma el instructor en su auto en el que explica que "asume íntegramente" el criterio del Ministerio Público en tanto es "obvio" que los hechos denunciados por la formación que lidera Santiago Abascal no son delictivos y no tienen verosimilitud ni fundamentación alguna. Además, explica que todo lo que se le imputa al exlíder socialista en el texto presentado en el juzgado se podría subsumir en el delito genérico de colaboración y que el resto de argumentación va destinada a "adornar" una querella que ya de por sí ayuna de todo sustento fáctico y jurídico".

"Negando de la forma que hemos hecho la inexistencia del delito de colaboración con organización terrorista dejamos en evidencia la inexistencia de todo lo demás", reza el auto del instructor. Además explica que el contenido de esta querella -que sostenía que Zapatero proporcionó información reservada a ETA entre los años 2005 y 2007 ofreciéndole influir en el Estado francés- recoge una serie de afirmaciones que tienen su origen en noticias periodísticas "de toda índole". 

El partido, que denunció además que Zapatero les 'chivó' que Francia estaba preparando un importante golpe contra la banda, incorporó a su escrito diferentes páginas web de las cuáles se hace eco el juez decano de la Audiencia Nacional apuntando que, expresiones tales como 'según esta noticia', evidencian que se ha elevado a categoría de hecho demostrado "afirmaciones en ayunas de todo sustento probatorio". Incluso recuerda que para la comisión de los delitos que se le atribuyen a Zapatero debe existir un interés real de favorecer a ETA así como a la finalidad que persigue la organización terrorista, hecho que no ocurre en este caso.

Con todo, Pedraz recuerda que este tipo de imputación por negociaciones con ETA no es nueva. Para ello se hace eco del auto del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 2011 en relación a la denuncia que presentó Manos Limpias contra un vocal del CGPJ y miembros del Parlamento Vasco. "Dichas actuaciones llegaron al Tribunal Supremo, lo que ahora nos permite, de una manera cierta y clara, asumir sus argumentando al haber establecido el carácter no delictivo de las conversaciones que el poder político puede mantener con diversas organizaciones y máxime cuando las mismas tenían el aval del Parlamento de la Nación", indica. 

El magistrado hace especial hincapié en el delito de organización criminal teniendo en cuenta que la querella se presentó en la Audiencia Nacional precisamente alegando la comisión de este tipo penal. Al respecto determina que no hay un solo elemento que incrimine a Zapatero en tanto no impulsó estas negociaciones con dolo o intención de ayudar a la banda, sino con la contraria de acabar con la misma. "Rechazado de plano este supuesto, el resto de los delitos que se añadían -revelación de secretos y omisión del deber de denunciar delitos- han de decaer también", sentencia.

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