Las madres autónomas denuncian trabas de la Seguridad Social para la tarifa plana

  • Las trabajadoras sufren inseguridad jurídica y escollos en las oficinas para acceder a la reducción de la cuota: "Cada funcionario tiene un criterio".
Valerio pacto autónomos
Valerio pacto autónomos
EFE

Donde dije digo... El Gobierno está incumpliendo el pacto anunciado a bombo y platillo con los autónomos el pasado mes de diciembre en un punto concreto y especialmente conflictivo. Magdalena Valerio adquirió un compromiso firme con las madres autónomas: para facilitar su reincorporación tras la baja de maternidad, iban a poder beneficiarse de una tarifa plana sin necesidad de cesar previamente en su actividad. Pero la ministra de Trabajo no lo dejó por escrito y, por tanto, los funcionarios de las oficinas de la Seguridad Social no están aplicando este criterio.

Las mujeres autónomas que se disponen a reincorporarse a su actividad tras haber sido madres están en pie de guerra contra Valerio. La ministra les prometió que, a partir de 2019, dentro de los 24 meses posteriores a la prestación de la baja por maternidad de 16 semanas, podrían optar a una tarifa plana de 60 euros durante 12 meses sin necesidad de cesar previamente en su actividad. Sin embargo, esta ayuda no figura exactamente así en el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

En el texto que aprobó el Consejo de Ministros en la recta final del año pasado para garantizar la revalorización de las pensiones públicas e introducir "otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo" se establece que, para acceder a esta bonificación, las trabajadoras del RETA deben haber "cesado su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela". Y aquí está el problema. Tal y como está redactada, la norma obliga a las autónomas a cerrar su negocio y darse de baja en Hacienda para tener derecho a la tarifa plana de 60 euros durante 12 meses.

"Las autónomas, como el resto de trabajadoras, no cesan su actividad, sino que se van de baja por maternidad", explican desde la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA). El término "cese" implica el cierre de la empresa, lo que deja dos opciones: "Tienen que elegir entre darse de baja y recibir su prestación (la cuota está bonificada al 100% durante la duración del permiso) o la tarifa plana durante un año; o bien, si han disfrutado de la baja, han de cerrar y después volver a abrir para poder acogerse a la tarifa plana", indican desde la organización. Recuerdan, además, que el cese implica el despido de los trabajadores a cargo –en caso de tenerlos– pues no pueden seguir trabajando si el autónomo no está dado de alta.

Estas son las opciones que se están dando a las madres trabajadoras por cuenta ajena, sin embargo, no de manera unánime en todas las delegaciones. "Esta descoordinación está generando inseguridad entre las autónomas", critican desde ATA. Es el caso de María Vicedo. Esta diseñadora de interiores tiene dos tiendas de muebles en La Marina (Elche, Alicante), dio a luz en julio de 2018 y, tras disfrutar de sus 16 semanas de baja por maternidad, atravesó una verdadera odisea al reincorporarse al trabajo. Relata las trabas que se encontró en las oficinas de la Seguridad Social: "Uno me denegó la tarifa plana porque es incompatible con la baja maternal, otro me aseguró que debía dar de baja mi negocio para poder beneficiarme... Al final tuve que hacer el cese de actividad y estar un mes sin cobrar nada para tener derecho a ella".

ACUERDO AUTÓNOMOS

Para más inri, María tuvo que recurrir a los servicios de una asesoría privada porque la respuesta que encontró en la Tesorería General de la Seguridad Social es que "la norma tiene lagunas y permite la libre interpretación" y, en consecuencia, los distintos criterios a la hora de aplicar las bonificaciones. "Nadie sabe cómo se aplica exactamente, depende de la interpretación del funcionario de turno", critica Vicedo.

No es un caso aislado. Laura García (prefiere aportar un nombre ficticio) se encontró con una situación parecida. Esta fotógrafa fue madre en marzo del año pasado, estuvo de baja por maternidad y accedió después a la tarifa plana de 50 euros –ahora son 60 euros– durante doce meses. Pero en enero de este año, tras la entrada en vigor de la nueva normativa, se encontró con que le cobraron la cuota de autónomos completa, sin la reducción. "No me dieron ninguna explicación, solo me comentaron que había cambiado la ley y los criterios para aplicar las bonificaciones", denuncia esta autónoma.

"Bonificar el emprendimiento"

Casos como los de María y Laura ya han llegado a las asociaciones de autónomos. Desde ATA exigen al Gobierno que aplique el compromiso adoptado hace más de dos meses de manera inmediata porque "las ayudas prometidas no se están materializando". "Que lo hagan utilizando el instrumento que mejor convenga, una instrucción interna o cualquier otro método", reclama su vicepresidenta Celia Ferrero. Lo que demandan es un criterio uniforme en las oficinas de la Seguridad Social.

Sin embargo, en la Tesorería general de la Seguridad Social sostienen que el criterio es único. Según explican a La Información, la tarifa plana es un incentivo que "tiene por objeto bonificar el emprendimiento de una actividad por cuenta propia de una trabajadora que hubiera cesado en su anterior actividad a causa de su maternidad, adopción, etc". Por tanto, "es un requisito esencial para acceder a ese beneficio que se haya producido la baja en el RETA (y, por consiguiente, la baja en Hacienda, dado que la trabajadora ha cerrado el negocio y ha dejado de ejercer su actividad) ya que, de no exigirse, no se estaría bonificando el nuevo emprendimiento, sino el continuar con la actividad tras el periodo de baja por maternidad, lo que no es el objetivo perseguido por la norma".

Los autónomos rebaten que "no es una medida de reemprendimiento, sino para facilitar la conciliación y que la cuota no sea una carga en un momento en el que la actividad es más complicada de gestionar". "No es el espíritu de la norma, que copia el articulado de las trabajadoras por cuenta ajena, porque en el régimen de autónomos cesar significa algo distinto al régimen general e implica el cierre del negocio, mientras las asalariadas al cesar la actividad están en una situación similar al alta, es decir, no son despedidas por el nacimiento de un niño", matizan.

ATA ya ha reclamado al Ministerio y están a la espera de una respuesta para dar solución a casos como los de María y Laura. La organización de autónomos espera que la orden interna llegue "cuanto antes" a la Tesorería, que aclare el embrollo y se unifique el criterio en torno a una demanda: que las autónomas no estén obligadas a cesar su actividad para poder beneficiarse de la tarifa plana de 60 euros.

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