Tras la absolución de la Audiencia Nacional 

Bankia tendrá que esperar al Supremo para recuperar la fianza de 34 millones

Verdú Pons ha solicitado a la Audiencia Nacional que les devuelva la caución que se interpuso a la cúpula del banco por la salida a bolsa. 

De verdugos a víctimas: el caso Bankia asesta el golpe a los juicios por la crisis
La fianza inicial era de 800 millones pero la Sala la rebajó a 34 millones. 
J.G.

Los exdirectivos de Bankia absueltos tras el juicio por la salida a bolsa no podrán recuperar la fianza depositada durante la instrucción al menos hasta que el fallo sea revisado por el Tribunal Supremo. Los magistrados de la Audiencia Nacional, que juzgó y absolvió a los acusados por delito de falsedad contable y estafa a los inversores, han denegado la petición del exconsejero delegado del banco Francisco Verdú Pons, de recuperar la caución de 34 millones. Se trata de una cuantía que se fijó durante la instrucción por las posibles responsabilidades en que pudieran incurrir en caso de ser declarados culpables tras la vista oral. 

La cuantía, que se interpuso inicialmente en 800 millones de euros y se rebajó a 34 millones, todavía no se devolverá hasta que el Tribunal Supremo no revise los recursos de casación que ya se han anunciado que se interpondrán en el alto tribunal. Así lo acuerdan tres magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en una providencia a la que ha tenido acceso este diario y en la que explican que hay que esperar a que las absoluciones acordadas por el tribunal adquieran firmeza. El fallo, que declaró que los acusados no cometieron ninguno de los dos delitos por la salida a bolsa de la entidad, fue acogido de manera desigual por las acusaciones que han pleiteado en este procedimiento desde hace ocho años. 

Mientras la Fiscalía Anticorrupción descartó interponer recurso de casación a la sentencia de la que fue ponente la magistrada Ángela Murillo, otras acusaciones presentaron escrito formal en la Audiencia Nacional anunciando su intención de que el Tribunal Supremo revise el fallo. En concreto, así lo manifestaron la empresa Bochner España S.L y la asociación española de accionistas minoritarios de empresas cotizadas (AEMEC). De este modo, los magistrados consideran que se tiene que hacer efectiva la devolución cuando se resuelva sobre este asunto teniendo en cuenta que el Supremo es la última instancia a la que se puede recurrir. 

La fianza se interpuso en plena instrucción de la causa, en 2015, para que respondieran de manera solidaria los cuatro acusados contra los que únicamente actuaba la Fiscalía Anticorrupción; esto es: Rodrigo Rato, José Luis Olivas, Francisco Verdú Pons y José Manuel Norniella. Según informó efe, Liberty International Underwriters (LIU) y Torus -las compañías aseguradoras que cubrieron la salida a bolsa de Bankia- consignaron un total de 22,7 millones de euros correspondiente a la parte propocional de los exdirectivos acusados por el Ministerio Fiscal mientras que Bankia y su matriz BFA respondieron con 11,36 millones de euros.

Cabe recordar que, antes de que arrancara el juicio en noviembre de 2018, el banco que preside José Ignacio Goirigolzarri propuso indemnizar con dos millones de euros a los cerca de 170 accionistas que insistieron en mantenerse en la vía penal y que todavía no habían sido resarcidos por la operación bursátil. El banco trató así de librarse del banquillo 'in extremis' puesto que si resarcía a los cerca de 200 afectados del total de 10.789 que llegaron a pleitear en el procedimiento hubiera podido evitar el juicio apelando a la doctrina Botín (la que permite archivar un procedimiento si solo actúa la acusación popular). 

Triunfo de la entidad

Pese a plantearlo de este modo en la primera fase de cuestiones previas, el tribunal declinó esta posibilidad y mantuvo a los accionistas como acusaciones particulares. Ahora bien, el fallo conocido el pasado 29 de septiembre cierra la posibilidad a cualquier responsabilidad penal por estos hechos tanto de Bankia como de las otras dos personas jurídicas acusadas en el caso: BFA y Deloitte. Según sentenció el tribunal, los acusados no cometieron ninguno de los dos delitos por los que se sentaron en el banquillo en tanto desde el mismo momento de la integración de las siete cajas hasta la salida a bolsa dos años después, actuaron bajo un continuo control y supervisión del Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA. 

La sentencia de la Sección Cuarta, que arremetió duramente contra la Fiscalía Anticorrupción, despejó dudas en torno a la culpabilidad que las acusaciones achacaron a los exdirectivos de Bankia denunciando tanto maquillaje de los estados financieros como manipulación en el folleto de oferta de acciones de la salida a bolsa en 2011. La sentencia declinó estos aspectos, expuso que el documento contaba con toda la información clave para el inversor -especialmente iba indicado para los minoristas- e insistió en que las decisiones que tomó el banco vinieron supervisadas al milímetro por regulador, supervisor y autoridades monetarias. 

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