Bélgica pide garantías de un juicio justo antes de decidir si entrega a Puigdemont

  • La fiscalía belga solicita a Lamela datos concretos sobre las desobediencias del Govern al TC, el proceso contra él y las condiciones de reclusión
Puigdemont llama a dar un "clamor unitario" en la manifestación de mañana
Puigdemont llama a dar un "clamor unitario" en la manifestación de mañana
EFE

"Dada la calidad de los implicados", es decir, el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y cuatro de los miembros del Govern destituido, "y el contexto de los hechos por los cuáles se solicita extradición", el proceso soberanista catalán y su culminación con la declaración unilateral de independencia, la Fiscalía de Bruselas quiere conocer si la entrega a España de esos cinco dirigentes "podría constituir una infracción de [sus] derechos fundamentales". Así lo refleja el Ministerio Público belga en un escrito enviado a la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela para interesarse por los detalles del procedimiento que se sigue en España contra ellos, pero también sobre su posible prisión provisional y las garantías de un juicio justo.

El cuestionario de la fiscalía belga, dividido en tres apartados, señala que "la confianza mutua" que subyace tras la legislación comunitaria que regula la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE) que la Audiencia Nacional ha librado contra ellos, "no será suficiente en este caso". "Corresponde a la fiscalía informar detalladamente y correctamente al tribunal sobre este asunto y transmitirle las garantías necesarias de la autoridad judicial emisora [la española] sobre el respeto total de los derechos fundamentales", dice el escrito que justifica su envío por el objetivo de "poder entregar al tribunal un expediente lo más completo posible".

El primer bloque de preguntas versa sobre las circunstancias de la detención. La primera cuestión en este campo es si los miembros del Gobierno catalán cesado serían sometidos "a una legislación normal relativa a la prisión provisional" o a otra "excepcional". La normativa que ha permitido a la juez encarcelar a ocho exconsejeros es la misma que se aplicaría a cualquier otro ciudadano. En concreto, son los artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que regulan la prisión provisional los que se han argumentado en el caso concreto por Lamela. En España no existe una legislación "excepcional" sobre este aspecto del proceso penal.

Normativa internacional sobre derechos humanos

Acto seguido, el escrito, adelantado por eldiario.es, pregunta por las condiciones de encarcelamiento de los reclamados en caso de que así lo acuerde la magistrada o el instructor del Supremo, si finalmente este tribunal asume la causa. La primera de esas cuestiones es sobre la cárcel concreta a la que serán enviados. La respuesta no depende de Lamela, sino del Gobierno. En el caso de los consejeros encarcelados, los hombres fueron enviados al centro penitenciario de Estemera, mientras que las mujeres fueron al de Alcalá-Meco.

La fiscalía de Bruselas también se interesa por si esas prisiones cumplen con la normativa internacional sobre Derechos Humanos, en concreto la Convención Europea de Derechos Humanos, la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Estrasburgo) y las normas impuestas por el Comité de Prevención de la Tortura del Consejo de Europa.

España es uno de los estados signatarios de la Convención Europea de Derechos Humanos del Consejo de Europa y su sistema penitenciario está sometido a los controles periódicos del Comité de Prevención de la Tortura de ese mismo organismo. El último informe sobre las cárceles estatales, que se ha publicado hoy mismo, reconoce "los progresos realizados en materia de privación de libertad", aunque se muestra muy crítico sobre la "contención mecánica" que se aplica en determinadas condiciones a los internos.

El "espacio vital individual" en prisión

El escrito de las autoridades belgas desciende a detalles mucho más precisos, como las dimensiones de la celda, si la compartirán con otros reclusos, el "espacio vital individual" de cada uno de ellos, el acceso regular a "equipamientos sanitarios y duchas", la "calidad" y cantidad de la comida, la posibilidad de "recreación y actividades útiles", la posibilidad de que vayan a una "celda de aislamiento", el "acceso a la asistencia médica" y las posibilidades de recibir visitas y consultar a un abogado.

También pide información sobre el grado de violencia que pueda haber en la prisión y las medidas previstas para impedir que los implicados "puedan verse confrontados con tal violencia de codetenidos y hasta del personal de la cárcel". Y sobre si el centro penitenciario sufre "superpoblación" y las decisiones que pueden adoptarse para que los consejeros no sufran sus "consecuencias negativas". Por último, pregunta sobre las condiciones de higiene y las posibilidades de recurrir sobre sus condiciones de internamiento.

El segundo bloque de preguntas se refiere a "la garantía de un juicio justo". En él se pregunta si, una vez extraditados, los exconsellers prestarán declaración ante Lamela, si será esa juez la que decida sobre su prisión provisional o si Puigdemont y los demás reclamados serían inmediatamente encarcelados tras su entrega. El pasado 3 de noviembre, Lamela ordenó "la busca y captura e ingreso en prisión" de todos ellos, pero, como querellados en el caso, la juez está obligada a tomarles declaración y decidir si les aplica medidas cautelares en caso de que alguna parte las solicite.

Tribunal "normal" o "excepcional"

Bruselas también se interesa por la duración de su estancia en prisión provisional y el control de su encarcelamiento "por una instancia judicial independiente". En la legislación española es la propia juez instructora y -vía recurso de apelación- la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional la que ejerce el control sobre la reclusión preventiva. Además, el escrito belga pregunta por el tribunal competente (la Audiencia) y si esta es "un tribunal excepcional". También si su composición es diferente debido a "la calidad" de los reclamados.

El exhaustivo interrogatorio a Lamela llega hasta el punto de cuestionar si el procedimiento que se sigue contra ellos en España es "normal" o "especial", así como si sus abogados tienen acceso al sumario y pueden "solicitar y obtener actos de investigación suplementarios"

El último apartado del documento, firmado por el fiscal Jean-Marc Meilleur, se interesa sobre el fondo del asunto y reclama datos concretos sobre el procés. Como la fecha de la ley del referéndum y una "relación cronológica" de los actos y normas catalanas que fueron anuladas por el Tribunal Constitucional. La fiscalía belga solicita que la contestación a esas cuestiones se dé "en un plazo corto".

La respuesta del Gobierno español

La respuesta del Ejecutivo español, el responsable de las cárceles (salvo en Cataluña, que tiene la competencia transferida) no se ha hecho esperar. El Gobierno ha explicado a la Fiscalía belga que España respeta escrupulosamente los derechos humanos y ha añadido que "no parece comprensible" que Puigdemont intente proyectar sospechas sobre el sistema penitenciario cuando él mismo y su Ejecutivo lo gestionaban en Cataluña hasta que fueron cesados en aplicación del 155 de la Constitución.

Fuentes de Instituciones Penitenciarias han explicado a Efe que en la contestación a Bruselas se ha asegurado que las circunstancias de su detención respetarían "escrupulosamente" los convenios europeos e internacionales suscritos por España. Y se ha detallado que la legislación vigente en España es la misma que se aplica en Cataluña, porque esa comunidad tiene transferidas las competencias en materia penitenciaria.

Es decir, se ha hecho constar que, hasta su destitución por la aplicación del artículo 155 de la Constitución, el Govern de la Generalitat gestionaba el sistema penitenciario en Cataluña. Por eso, el Gobierno español ha explicado a la Fiscalía belga que "no parece comprensible" que "se intente proyectar sospechas" sobre las condiciones de internamiento en España por parte de personas que han gestionado las cárceles en Cataluña, "con los mismos estándares legales y elementos materiales".

La tortura, prohibida en España

Unas leyes que, según el Ejecutivo, prohíben la tortura y los malos tratos, como queda recogido en el artículo 15 de la Constitución y en el artículo 6 de la Ley Orgánica General Penitenciaria, que dice: "Ningún interno será sometido a malos tratos de palabra u obra". Asimismo, se ha indicado que España recibe periódicamente visitas del Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa y también tiene el control del Defensor del Pueblo, con funciones de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

España añade en su respuesta que las cárceles españolas están supervisadas por jueces de vigilancia penitenciaria, "independientes, integrantes del poder judicial, con amplias facultades para corregir cualquier desviación o abuso que pudiera producirse". Se detalla incluso que, si se decreta su encarcelamiento en España, Puigdemont iría a la cárcel de Estremera (Madrid VII) -junto con los exconsellers ya presos- y que podría disponer de celda individual si la solicita o compartirla con sus excompañeros. Mientras, las mujeres huidas a Bélgica ingresarían en un centro penitenciario de la Comunidad de Madrid, previsiblemente el de Alcalá Meco, donde están recluidas ya dos exconsejeras por orden de Lamela.

Las autoridades españolas han informado a Bélgica de las condiciones de la cárcel Estremera, un centro tipo con un diseño muy avanzado, inaugurado en 2008 y con instalaciones que mejoran las de prisiones de otros países europeos. Un centro "que admite una comparación ventajosa con los más avanzados de nuestro entorno", según las fuentes consultadas.

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