El periodo de caza menor en cotos de C-LM comenzará el 8 de octubre y concluirá el 8 de febrero de 2017

El periodo de caza menor en cotos de C-LM comenzará el 8 de octubre y concluirá el 8 de febrero de 2017
El periodo de caza menor en cotos de C-LM comenzará el 8 de octubre y concluirá el 8 de febrero de 2017
EUROPA PRESS
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Según publica el DOCM y recoge Europa Press, son excepciones a estos periodos la caza en media veda. Así el período hábil de caza de codorniz, tórtola común y paloma torcaz, además del establecido con carácter general, será el comprendido desde el 21 de agosto al 15 de septiembre de 2016, ambos inclusive para codorniz, y desde el 21 de agosto hasta el 21 de septiembre de 2016, ambos inclusive para tórtola común y paloma torcaz.

Para tórtola común se establece un cupo de 10 ejemplares por cazador y día, salvo que en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o del plan de ordenación cinegética, se establezca uno inferior en cuyo caso se estará a lo que prevea dicha resolución.

Asimismo, en la caza de aves migratorias no acuáticas el período hábil de caza para estas será el comprendido entre el 8 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2017. Serán de aplicación las siguientes normas; mientras que en la caza de aves acuáticas el periodo hábil comprenderá desde el 15 de octubre de 2016 hasta el 31 de enero de 2017, ambos inclusive.

En cuanto a la caza de perdiz roja con reclamo macho, el período hábil será desde el día 17 de enero hasta el día 28 de febrero de 2017, ambos inclusive. El horario de caza será desde la salida del sol hasta su puesta tomando como referencia las tablas solunares de cada mes.

Para que se entienda autorizada la caza de perdiz con reclamo se requiere que la modalidad se encuentre incluida en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o plan de ordenación cinegética.

El cupo de piezas por cazador y día, los días hábiles en la semana, las distancias mínimas entre puestos y el número máximo de cazadores por día, serán los que establezca la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o del plan de ordenación cinegética para el coto.

CAZA MAYOR

En cuanto a la caza mayor, para garantizar la seguridad de las personas en monterías, ganchos o batidas, en el puesto ocupado por más de una persona solo podrá haber un arma desenfundada, permaneciendo el resto de las que haya en sus fundas.

Asimismo, la orden establece que en la caza de ciervo, gamo, muflón y jabalí el periodo hábil de caza será desde el día 8 de octubre de 2016 hasta el 21 de febrero de 2017, ambos inclusive. En la caza de corzo macho, el periodo hábil para el año 2017 será desde el 1 de abril hasta el 31 de julio, y desde el 1

hasta el 30 de septiembre.

La caza de esta última especie solo podrá practicarse en las modalidades de rececho y aguardo o espera diurnos en el período anteriormente establecido y de acuerdo con la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o plan de ordenación cinegética del coto de caza.

De su parte, en la caza de cabra montés, el periodo hábil de caza para esta especie será, desde el 15 de noviembre de 2016 hasta el 15 de enero de 2017, ambos inclusive, en el que podrán abatirse machos y hembras de esta especie cuando se autorice en la resolución aprobatoria del plan técnico de caza o plan de ordenación cinegética del coto de caza.

Sobre el ejercicio de la cetrería, la orden establece que podrá practicarse en aquellos terrenos cinegéticos que expresamente la tengan autorizada en su plan de Ordenación Cinegética o Plan técnico de caza, o que tengan autorizadas las modalidades de caza menor al salto o en mano.

Durante el periodo hábil de caza para las especies de caza menor, podrán realizarse prácticas de adiestramiento con sueltas de escape y sin sueltas de escape. Fuera del periodo hábil, se podrán realizar sin sueltas de escape

y con sueltas de escape únicamente en zonas que hayan sido previamente autorizadas para el adiestramiento de perros.

FLECHAS UTILIZABLES

Sobre las flechas utilizables para la práctica de la caza, la orden señala que solo podrán utilizarse flechas de aluminio y de carbono, siempre que estén construidas con capas en distintas direcciones, circulares y verticales.

Las puntas utilizables para la práctica de la caza deben cumplir las características siguientes: Para la caza menor pueden utilizarse puntas de impacto y puntas con hojas de corte. Además, las puntas de caza mayor han de tener al menos dos filos con un corte mínimo en su parte más ancha de 22

milímetros.

Quedan prohibidas las puntas en forma de arpón, las puntas de entrenamiento de tiro al blanco, 'field' o 'bullet' y las puntas explosivas o que contengan sustancias paralizantes o venenosas.

ESPECIES OBJETO DE CAZA

Las especies de fauna silvestre cuya caza queda autorizada en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha son, en caza mayor, la cabra montés, ciervo, corzo, gamo, jabalí y muflón; y en caza menor el conejo, liebre, zorro, ánade friso, ánade rabudo, ánade real, ánsar común, cerceta común, focha común, pato colorado, pato cuchara, avefría, becada, codorniz, estornino pinto, paloma torcaz, paloma zurita, tórtola común, zorzal alirrojo, zorzal común, zorzal real, corneja negra, faisán, paloma bravía, perdiz roja, urraca y zorzal charlo.

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