Casi 40 menores se han visto envueltos en accidentes de caza con armas de fuego

  • En los últimos años, otros 24 menores se han visto implicados en accidentes no cinegéticos con armas de fuego.
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Un total de 38 personas menores de edad se han visto implicados en accidentes de caza con armas de fuego en España desde 2006, año en que comienza la serie estadística de la Guardia Civil sobre esta materia.

Así lo asegura el Gobierno en una respuesta parlamentaria al diputado Jorge Luis Bail, de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, que preguntó al Ejecutivo después de que un niño de 12 años hiriera de gravedad a un cazador de 64 años el pasado mes de noviembre mientras participaba en una montería en Almodóvar del Campo (Ciudad Real).

La respuesta del Gobierno, a la que tuvo acceso la agencia Servimedia, indica que el tratamiento, la grabación y la extracción de la información relacionada con los cometidos de la Guardia Civil son tratados de manera automatizada con sistemas informáticos desde el 22 de julio de 2006.

A partir de esa fecha y hasta el año pasado se han registrado 38 menores implicados en accidentes de caza con armas de fuego, con las cifras más altas en 2009 (siete), 2013 (seis) y 2018 (cinco), y las más bajas en 2007, 2012 y 2016 (uno). Además, durante esos casi 13 años hubo otros 24 menores implicados en accidentes no cinegéticos con armas de fuego, con el peor dato en 2010 (seis) y el mejor en 2006, 2015 y 2016 (cero).

Interés del menor

Bail indica en la exposición de motivos de su iniciativa parlamentaria que el Defensor del Pueblo ya manifestó que el interés del menor puede verse "afectado por la misma posibilidad de llevar armas, aunque sea con todas las cautelas posibles y acompañado de un adulto".

A este respecto, preguntó al Gobierno si estudia aumentar la edad mínima para actividades que conlleven portar armas, ante lo cual el Ejecutivo ha contestado que actualmente existe en trámite un proyecto de modificación del Reglamento de Armas, en el que no se prevé modificar la edad de los menores para utilizar armas de fuego “siempre que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores y vayan acompañados de personas mayores de edad, con las respectivas licencias de armas D, E o F, que previamente se hayan comprometido a acompañarlos y vigilarlos en cada cacería o acto deportivo”.

El actual Reglamento de Armas, de 2017, indica que las personas mayores de 14 años y menores de 18 podrán utilizar escopetas largas de ánima lisa o que tengan cañón con rayas para facilitar el plomeo para cazar y ésas o armas accionadas por aire u otro gas comprimido par competiciones deportivas donde se autorice la categoría ‘junior’, para lo cual es necesario una autorización especial de uso de armas para menores.

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