Cataluña. Difunden imágenes de votos del 9-n pese a que las leyes obligan a la privacidad del sufragio

BARCELONA, 10 (SERVIMEDIA/JOSÉ MARÍA RIVAS, ENVIADO ESPECIAL)

La ausencia en la consulta del 9-N en Cataluña de autoridades electorales ha permitido que, desde este domingo, se hayan difundido en las redes sociales imágenes de papeletas que fueron depositadas en las urnas por los ciudadanos.
Según ha constatado Servimedia, estas imágenes han sido difundidas desde en las últimas horas en Twitter, donde voluntarios que estuvieron en los puntos de votación han compartido instantáneas de papeletas que les parecieron llamativas o peculiares.
Estas instantáneas -algunas de las cuales pueden verse en ‘www.servimedia.es’, en la sección de Nacional- incluyen desde respuestas de distinto tipo a la consulta soberanista a insultos a Mariano Rajoy. También hay imágenes que refleja como algunos votantes introdujeron en las urnas listas electorales de partidos, como una del PSC, o papeletas diferenciadas que incluyen mayor número de preguntas.
En este sentido, la Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, por la que se rigen de forman genérica en España las citas con las urnas, establece el secreto del voto. Esto supone, incluso, que cuando hay personas que necesitan ayuda para votar debe establecerse un procedimiento especial para garantizar la privacidad del sufragio.
“EL VOTO ES SECRETO”
En concreto, en el artículo 86 de esta normativa estatal se afirma que “el voto es secreto” y que debe haber cabinas por si los ciudadanos demandan absoluto anonimato para realizar su elección.
Además, en el artículo 87 de esta norma se añade que “los electores que no sepan leer o que, por discapacidad, estén impedidos para elegir la papeleta o colocarla dentro del sobre y para entregarla al presidente de la mesa, pueden servirse para estas operaciones de una persona de su confianza”.
Se añade en este artículo que “el Gobierno, previo informe de la Junta Electoral Central, regulará un procedimiento de votación para las personas ciegas o con discapacidad visual que les permita ejercer su derecho de sufragio, garantizando el secreto del voto, que se aplicará, en todo caso, a las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado, a las elecciones al Parlamento Europeo y a los supuestos de referéndum”.

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