Previo pago de fianzas de 30.000 y 15.000 euros

La Audiencia Nacional deja en libertad a los dos CDR que quedaban en la cárcel

  • El Juzgado Central de Instrucción número 6 ha acordado la libertad provisional de Jordi Ros y Germinal Tomàs. 
Los CDR convocan una cacerolada hoy domingo frente al Hotel Juan Carlos I para protestar por la visita del rey a Barcelona. /EFE/Marta Pérez
Los CDR convocan una cacerolada hoy domingo frente al Hotel Juan Carlos I para protestar por la visita del rey a Barcelona. /EFE/Marta Pérez

El Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional ha ordenado la puesta en libertad provisional de Jordi Ros y Germinal Tomàs Aubeso este viernes, los dos miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) que todavía permanecían en prisión, previo pago de fianzas de 30.000 y 15.000 euros respectivamente, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

Fue la Sección Segunda de la Sala de lo Penal la que abrió la puerta a la salida de tres investigados, Guillem Xavier Duch, Eduard Garzón y Xavier Buigas, previo pago de fianzas de 5.000 euros. Días después, el juez hizo lo propio con respecto a Ferran Jolis, ya que ninguno de los cuatro formaba parte del 'núcleo productor' de explosivos.

Según los autos del juez, Ros podrá eludir la cárcel previo pago de 30.000 euros, mientras que Abueso tendrá que abonar 15.000 euros. Son las fianzas más altas impuestas al grupo de CDR detenido el pasado 23 de septiembre y que siguen imputados por pertenencia a organización terrorista, fabricación y tenencia de explosivos y conspiración para cometer estragos.

Sin embargo, el mismo día los magistrados José Ricardo de Prada, Fernando Andreu y María Fernanda García Pérez acordó fianza de 10.000 euros para Alexis Codina, quien sí había manipulado las sustancias precursoras de explosivos. Así pues, y tras recibir escritos de las defensas de Ros y Tomás Abueso, el instructor ha decidido seguir el criterio de la Sala, aunque imponiéndoles fianzas mayores.

Pero antes de argumentar los motivos para permitir la salida de prisión de los dos detenidos, García Castellón hace una defensa de la investigación por terrorismo que dirige desde hace más de un año y que desembocó en las detenciones de nueve personas, siete de las cuales ingresaron en prisión provisional.

En este sentido, afirma que el hecho de que este grupo no haya sido declarado oficialmente como terrorista, al no haber todavía una sentencia judicial que así lo acredite, no significa que no haya indicios de la "naturaleza terrorista de la organización a la que pertenecen" los imputados. Esta organización, el Equipo de Respuesta Táctica (ERT) tal y como ellos mismos la denominaban, "resulta acorde con las últimas tendencias legislativas y jurisprudenciales que han abordado el tema de la irrupción y proliferación de grupos terroristas inmersos como ocurre recientemente en el islamismo violento, donde priman las estructuras horizontales en detrimento de las verticales".

Tratados de la ONU y la UE 

El magistrado cita aquí el Convenio de Naciones Unidas para la Represión de la Financiación del Terrorismo y la Posición Común de la UE sobre este asunto para sustentar su afirmación tanto en lo que respecta a la finalidad de las organizaciones terroristas como a los requisitos para ser considerado integrante de ellas.

"Las características de la organización criminal a la que pertenecería el solicitante de libertad son conformes con las nuevas modalidades de terrorismo que han aparecido en la escena criminal interestatal y mundial, a las que los legisladores han de hacer frente para evitar sus dañinos efectos", subraya.

Aparte de citar jurisprudencia de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, también acude el juez al Código Penal español para recordar que establece que son delitos de terrorismo los que se cometen con una de estas finalidades: subvertir el orden constitucional o suprimir o desestabilizar gravemente el funcionamiento de las instituciones, alterar gravemente la paz pública, desestabilizar gravemente el funcionamiento de una organización internacional y provocar un estado de terror en la población.

"Todo lo dicho concurre en la organización a la que pertenece el señor Tomás Abueso como resulta de lo actuado y como incluso le atribuye alguno de los sujetos del grupo al que pertenece", explica García Castellón, que recuerda que la investigación ha puesto de manifiesto que el ERT era una organización tenía una "estructura estable y permanente en el tiempo que pretendía instaurar la república catalana por cualquier vía, incluida la violenta".

"Se ha evidenciado la existencia de grupúsculos de personas muy radicales, dentro de los CDR, llamados 'comité de acciones', quienes están dispuestos a llevar a cabo las acciones más graves, las cuales tendrían una gran repercusión en los medios de comunicación y consiguiendo con ello dar mayor visibilidad al conflicto separatista, con el objetivo final de conseguir la materialización de la separación de la comunidad autónoma de Cataluña del resto de España", constata el instructor.

Por eso, García Castellón aprueba que con una fianza de 30.000 euros en el caso de Ros y de 15.000 euros en el de Abueso, puedan salir de prisión. Tiene que comparecer semanalmente ante el juzgado más cercano a su casa, y respetar la prohibición de salir de España y entregar su pasaporte.

Mostrar comentarios