La Fiscalía critica las penas "a la baja" de los presos del procés impuestas por el TS

Los fiscales Javier Zaragoza y Consuelo Madrigal durante el juicio por el procés en el Tribunal Supremo
Los fiscales Javier Zaragoza y Consuelo Madrigal durante el juicio por el procés en el Tribunal Supremo
EP

La Fiscalía ha criticado las penas "a la baja" impuestas por el Tribunal Supremo (TS) en la causa del 'procés' y ha publicado los informes por los que los fiscales se oponen a la petición de nulidad de la sentencia que han solicitado nueve de los líderes independentistas condenados por el 1-O.

Concretamente, en siete escritos diferentes relativos a los presos Jordi Cuixart, Dolors Bassa, Jordi Sánchez, Josep Rull, Jordi Turull, Joaquim Forn y también en respuesta a los líderes que no fueron condenados a penas de prisión Santi Vila, Meritxetll Borrás y Carles Mundó, el Ministerio Público señala que no concurre ninguna de las causas de nulidad previstas en la ley y que se intenta sencillamente cubrir un trámite para poder acudir en amparo al Tribunal Constitucional (TC).

Queda pendiente conocer el criterio de la Fiscalía frente a peticiones similares realizadas por los tres condenados restantes, que son Oriol Junqueras, Raül Romeva y Carme Forcadell, quienes aún están en plazo de presentarlos según han aclarado fuentes del alto tribunal. Por el momento, en los escritos suscritos por los fiscales Consuelo Madrigal y Fidel Cadena se dice, respecto a la subsunción de los hechos en el delito de sedición que hizo la Sala, que ello era previsible y que al atribuir a algunos de los condenados este delito y el de malversación hubo "pulcritud dogmática y respeto al principio de legalidad".

Más críticos con la decisión de la Sala que preside Manuel Marchena son los escritos firmados por Javier Zaragoza y Jaime Moreno, que al referirse a la desproporción de las penas alegada por las defensa responden que aún cuando el tribunal haya considerado finalmente que los hechos cometidos no tuvieron suficiente eficacia lesiva para el orden constitucional, "es lo cierto que el propio relato de hechos probados acredita el desbordamiento de los contornos legales propios de la sedición y la incursión de los mismos en la ejecución de algunos elementos típicos de la rebelión".

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