¿Cómo valoran los jueces los daños a la reputación o perjuicios morales?

    • En poco tiempo, ha habido noticias sobre los casos Rato, Púnica, Larios, Wanninkhof/Dolores Vázquez, y siguen saliendo investigaciones o datos fiscales (Aguirre, Monedero, Margallo), además de ERE/cursos de formación, Gürtel o Nóos.
    • A pesar del malestar ante filtraciones fiscales, imputaciones y prisiones preventivas, la Justicia se va decantando por aplicar dos varas de medir, según la notoriedad pública o no de la persona, es decir, a dos velocidades.

Carlos Lesmes, Presidente del CGPJ
Carlos Lesmes, Presidente del CGPJ

Las numerosas investigaciones judiciales en torno a casos de presunta corrupción, bien por iniciativa propia o a instancia de parte, y su filtración a la opinión pública, han permitido aflorar diferentes criterios que parecen tener los jueces que instruyen estas causas, y conocer las sentencias que las juzgan.

En algunos casos, los afectados no desean publicidad alguna, y parece que a priori tendrían derecho a ello para salvaguardar su honorabilidad, y en otros buscan esa notoriedad, porque se han producido fallecimientos o heridos graves y están en juego indemnizaciones. Los casos son diversos, pero parece que se está fraguando cierto criterio jurisprudencial. La protección de la reputación se ajusta a dos velocidades: si una persona es famosa o ha tenido responsabilidades públicas, está más expuesta que la menos conocida. Y los tribunales sentencian en líneas generales con este criterio en caso de conflicto, aunque haya excepciones, asegura Diego Ramos, abogado y socio de DLA Piper en España, uno de los despachos de negocios mayores del mundo. Ramos precisa que su valoración tiene base estadística, y añade que este tipo de asuntos están creciendo de forma notoria en los bufetes de negocios, junto a los de 'top-less', y otros.El caso Larios

El abogado apoya su tesis -en este primer nivel-, con varios asuntos, entre ellos el denominado "caso Larios". Hace pocos días, se ha producido un fallo judicial a favor de Carlos Gutiérrez-Maturana Larios y Altuna, marqués de Paul, quien desde hace años mantiene una discrepancia con algunos medios de comunicación por lo que considera una intromisión ilegítima en su intimidad y en la de su difunto padre, Carlos Gutiérrez-Maturana Larios y Príes, fallecido hace más de una década, señala El Confidencial. El reportaje se titulaba "La disputada herencia del marqués de Paul".

A pesar de que fue publicado en 'El País' tras haber hablado con la viuda de Carlos Gutiérrez-Maturana Larios y Príes, de haberse trabajado sobre una copia del testamento y de haberse ofrecido al demandante la posibilidad de dar su versión de los hechos, la Justicia considera que "se han ocasionado graves daños morales a D. Carlos Gutiérrez-Maturana Larios y Altuna y a su padre fallecido".

El juez considera que "la información (…) alude a aspectos absolutamente privados de las personas a las que se refiere, invadiendo claramente su intimidad", y condena al medio a una indemnización de trescientos mil euros, según El Confidencial. El fallo es recurrible.
A juicio del abogado Diego Ramos, es muy posible que haya influido en la sentencia el hecho de que "la persona no era pública ni conocida de modo relevante para la gente".Los casos Rato y Wanninkhof

El segundo nivel tiene que ver con políticos, deportistas, cantantes, actores, gente conocida. Son personas públicas, y llevan la carga del interés social, en especial los políticos que disponen sobre el dinero de todos. Coinciden los juristas consultados en que "en estos casos, en especial los cargos públicos, el ciudadano tiene derecho a saber si son honestos o no". Por tanto, están expuestos, y las encuestas del CIS lo corroboran.

En el caso del exvicepresidente Rato, ex director del FMI, si el juez considera que hay indicios de delito, en este caso, fiscal, "habrá un procedimiento, y se aclarará si ha tenido o no responsabilidad", señala el socio de DLA Piper, quien salta al tercer nivel: "si se demuestra o no que los funcionarios obraron ilegalmente en la detención de una persona, o en otros momentos". Rodrigo Rato se ha quejado ante el juez instructor de que está sometido a "medidas cautelares extremas" y que "se está haciendo daño a su reputación". Todos recordamos la famosa mano sobre Rato del funcionario de Vigilancia Aduanera al subir al coche o los medios esperando en la calle.¿Quién les avisó? ¿Tendría éxito un recurso del ex ministro por daños a su reputación? Los abogados consultados opinan que "es difícil, porque es preciso demostrar que se ha prevaricado, y que se ha producido un daño al interés público, y suele ser complicado".

Tan difícil es en estos supuestos de notoriedad lograr una indemnización, que en ocasiones no se alcanza incluso cuando se haya estado 519 días -¡casi tres años!- en prisión, como Dolores Vázquez, hasta conocerse su inocencia en el caso Wanninkhof. Ya saben: Dolores Vázquez fue condenada en 2001 a 15 años de cárcel y posteriormente fue absuelta del asesinato de Rocío Wanninkhof, por el que condenado el británico Tony Alexander King. Vázquez reclamó 4 millones de euros y el Supremo acaba de señalar que "el recurso se interpuso por la vía procesal equivocada".ERE, Gürtel, Púnica y desimputaciones

Hay casos como el de los ERE, Gürtel, ahora el denominado Púnica, y el caso Pujol -todos todavía sin juicio ni sentencia-, en los que se han producido numerosas imputaciones -varios centenares sólo entre los cuatro-, y años de prisión preventiva para algunos imputados.
¿Son culpables? No, no ha habido juicio, Los jueces consideran que hay indicios de delito. ¿Y si luego son desimputados, e incluso absueltos por la Sala que ha de juzgar? ¿Quién y cómo se repara ese daño a su reputación? Es un hecho que se ha producido ya en no pocas ocasiones. El abogado Miguel Durán estuvo años imputado en el caso Telecinco y fue absuelto. Y muchos otros en numerosos expedientes. Algunas fuentes jurídicas denuncian las elevadas imputaciones del ex juez Garzón en sus instrucciones.

El socio de DLA Piper Diego Ramos propone "trasladar al sistema español prácticas del anglosajón, es decir, medidas positivas para reafirmar la reputación" cuando ésta se ve menoscabada. Y cita dos. En primer lugar, que "la desimputación provoque una declaración pública como tal, efectuada por un portavoz, por ejemplo", para restaurar la honorabilidad de una persona.
Y si se ha producido un error judicial, cuánto más, porque "la Justicia es falible, se puede equivocar", añade Diego Ramos. Lo prueba el caso Wanninkof.Penas de telediario, de banquillo..., o electoral

Otra reforma en positivo, recuerda Ramos, se ha llevado ya a efecto a iniciativa del gobierno: ya no habrá imputados, sino investigados o encausados. Sin embargo, la denominada 'pena del telediario' ' 'pena de banquillo' siguen ahí. Los sumarios se filtran, y también investigaciones tributarias o fiscales, cuando está prohibido por ley.
Tres días antes de las elecciones municipales se filtró la declaración de la renta de Esperanza Aguirre, que fue directa a la Fiscalía para reclamar una investigación. Y antes, la Juan Carlos Monedero. Y esta semana, unas discrepancias entre García Margallo y Hacienda.
¿Podrían recurrir estas personas por daños a su reputación?
Es difícil lograr una indemnización si no está tasada y si no es posible demostrar prevaricación en funcionarios públicos, aseguran juristas. Es lamentable, pero así es. La seguridad jurídica sigue en entredicho en España.

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