Competencia multa a empresas de material de archivo por actuar como cártel


La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto multas por valor de más de nueve millones de euros a cuatro empresas por formar un cártel en el mercado de la fabricación, distribución y comercialización de material de archivo.
La sanción es fruto del expediente sancionador que abrió Competencia en 2010 contra las empresas Dohe, Esselte, Grafoplas del Noroeste y Unipapel (en la actualidad Adveo Group International) por prácticas restrictivas de la competencia consistentes en la adopción de acuerdos para el reparto de mercado y la fijación de precios en ese mercado.
En su resolución, el Consejo de la CNC considera acreditado que, desde mayo de 2005 hasta febrero de 2010, “representantes de las empresas competidoras imputadas se han venido reuniendo para adoptar acuerdos para la fijación de precios, procediendo posteriormente a implementar tales acuerdos”.
“Los diferentes acuerdos y contactos mantenidos entre las partes respondían al propósito común de restringir la competencia en precios: para alcanzar este propósito, utilizaron de manera continuada en el tiempo diversos instrumentos, entre los cuales se encuentran los llamados pactos de ‘no agresión’ a clientes ajenos”, indica la resolución.
El Consejo de la CNC declara acreditada una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la UE, consistente en una conducta colusoria de fijación de precios y reparto de mercado que debe ser calificada de cártel de empresas y, por ello, impone a las empresas como autoras de la conducta infractora 4,3 millones de multa a Adveo, 795.000 a Dohe, 1,5 millones a Grafoplas y 2,4 millones a Esselte.
Sin embargo, en aplicación del programa de clemencia, se exime del pago de la multa a Adveo después de que esta empresa avisara al regulador de la posible anomalía cometida. Además, por haber aportado información con valor añadido significativo, se aplica a Dohe una reducción del 50%, por lo que la multa que le corresponde es de 397.900 euros.

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