Competencia multa a los odontólogos con 350.000 euros por impedir la libre elección de protésico dental


La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) considera que el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Médicos Estomatólogos de España ha infringido la normativa de competencia y le impone multas por valor de 350.000 euros.

La sanción parte de una denuncia de organismos colegiales representativos de los protésicos dentales en 2010 por diversas prácticas efectuadas por el Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Médicos Estomatólogos de España.
En concreto, el Consejo General habría aprobado y aplicado un Código Deontológico con el que pretendía limitar la libre elección del profesional sanitario protésico dental por parte del paciente, consiguiendo con ello elevar el margen de beneficio que los dentistas obtienen por la implantación de prótesis. Asimismo, habría realizado declaraciones y publicado noticias de carácter denigratorio hacia los protésicos dentales.
Se denunció, igualmente, la fijación de honorarios orientativos por parte del Consejo General así como la fijación de cuotas de entrada colegiales excesivas.
Tras las investigaciones pertinentes, Competencia considera acreditado que el Consejo General de Odontólogos incurrió en conductas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) consistentes en la recomendación, a los Colegios Profesionales de Dentistas y a los dentistas, de no permitir a los pacientes elegir libremente el protésico dental y en la fijación de honorarios orientativos de referencia. Sin embargo, el órgano instructor no aprecia indicios de infracción por parte del citado Consejo General en cuanto a la fijación de cuotas de entrada colegiales excesivas.

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