Condena de 15 años por agresión sexual continuada a la 'Manada de Villalba'

  • Uno de los miembros "había mantenido algún tipo de relación de carácter sexual con anterioridad" con la víctima y aprovechó su influencia. 
La Manada de Villalba
La Manada de Villalba
Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a quince años de prisión a dos de los miembros de la conocida como ‘Manada de Collado Villalba’, y a catorce años a un tercer integrante, por un delito continuado de agresión sexual. Los tres acusados, además, estarán sometidos a una medida de libertad vigilada una vez que hayan cumplido la pena de cárcel.

Las magistradas consideran probado que Ricardo A.M., Miguel Ángel C.O. y Martín A.F., agredieron sexualmente a la víctima aprovechándose de lo que la jurisprudencia ha denominado "intimidación ambiental". Según la nota de prensa del TSJM, los condenados solicitaran favores sexuales a la joven y esta se negó, tras lo que la obligaron a "practicarles una felación:  primero Ricardo, con quien había mantenido algún tipo de relación de carácter sexual con anterioridad a los hechos, y después los otros dos, bajo la amenaza de que no saldría del piso al que la habían conducido hasta que obtuvieran esa satisfacción". 

Además, sentencian que la agresión sexual es continuada, ya que fue agredida por los tres condenados y mientras uno llevaba a cabo la penetración bucal, los otros intimidaban. "Es decir, cada uno de ellos será autor único de un delito continuado de violación: uno, porque intimida y otro porque accede carnalmente", explica la sentencia.

Los hechos probados, de acuerdo a la sentencia, coincide con la declaración de la víctima, quien se vio "acorralada ante la presencia de los tres individuos, en un sitio cerrado, una habitación con baño, y actuó ante el temor de que pudiera pasarle algo". 

A pesar de que se reconocen los mismos delitos a los tres condenados, Ricardo A.M. ha sido condenado a quince años de cárcel por apreciársele una mayor culpabilidad, representada “por la posición de garante que tenía frente a la víctima". Las magistradas entienden que sin esta persona la víctima no habría accedido a quedar.  Además, "conocía la influencia que en ese sentido ostentaba sobre ella y amparado en este hecho no tuvo problema alguno, moral, ético o de otro tipo, para engañarla haciéndole creer que si accedía a llevar a cabo una acción sexual a que en otras ocasiones se había negado, la llevaría a su casa".

La Sala también ha condenado a 15 años a Martín A. F. por una especial agresividad en su actuación, ya que, además de agredir sexualmente a la víctima, "la empujó contra el mueble del baño" y le mostró "un tremendo desprecio". Al tercer integrante de la 'Manada de Villalba' se le condena por los mismos delitos que al resto pero está condenado a 14 años

Indemnización de 30.000 euros

Además de la pena de prisión, los condenados deberán indemnizar con 30.000 euros a la joven, para reparar en la medida de lo posible los graves daños morales y las consecuencias psicológicas y tienen prohibido comunicarse con ella o aproximarse a su domicilio o lugar de trabajo durante 25 años. 

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza penal en el plazo de cinco días.

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